UGT.INFORMA- se ha dictado Sentencia-.
El pasado 21/01/08, se dictó sentencia en relación a los conflictos colectivos planteados , por las diversas patronales. En estos momentos , la persona que esta llevando juridicamente este asunto en la UGT está estudiando detenidamente dicha sentencia.
En cuanto tengamos el estudio de la sentencia en la FeS-UGT, se os enviará de inmediato, como se ha venido haciendo con todo lo relacionado con seguridad, que seamos conocedores de ello.
PD: Como bién sabeís , para poder defender en juicio nuestro criterio , es necesario aportar las mayores pruebas que tengamos a nuestro favor , sobre todo las sentencias que vienen surgiendo de las reclamaciones individuales. ¡ Es de vital importancia , si queremos tod@s que la defensa de los trabajadores sea la justa , que recepcionemos en la Secretría Sectorial Estatal de Seguridad privada, las sentencias que vayan surgiendo para obtener los máximos medios de prueba posible!
Adelantamos parte de la Sentencia.:
Por ello consideramos que en atención a las diversas caracteristicas de las funciones incluidas en el sector debemos estimar la demanda en referente a la composición de la estructura del salario de la hora ordinaria,escluyendo aquellos complementos que se refieran a la compensación de un modo especifico de desarrollar el trabajo,que se abonarán cuando ese modo o esas circunstancias efectivamente se den.Sí debe incluirse el plus de residencia de Ceuta y Melilla...
Fallamos.:
Primero.-Desestimamos la excepción de cosa juzgada.
Segundo.-Desestimamos la excepción de falta de jurisdición
Tercero.-Desestimamos la excepción de falta de acción
cuarto.-Desestimamos la excepción de litis consorcio pasivo
Quinto.-Estimamos la demanda y declaramos que el valor de la hora ordinaria de trabajo para calcular el de la hora extraordinaria está compuesto por el salario base,complementos personales, de vencimiento superior al mes, el e residencia de Ceuta y Melilla en su caso, a los que deberá adicionarse el complemento de puesto de trabajo que efectivamente se de.
Contra la misma cabe Recurso de Casación.
Continuaremos Informando.
viernes, 25 de enero de 2008
Sentencia Sobre Conflicto Colectivo nº 0003/2008
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Manifestación en Madrid 02/03/2010-Seguridad Privada
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Ventajas de afiliarse a UGT
¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT?
Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas:
Información y asesoramiento permanente
Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc
Expedientes de regulación
Protección por desempleo
Prevención de riesgos laborales
Formación contínua adaptada a los puestos de trabajo
Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral
........................................................................................................
Otros servicios
.........................................................................................................
Vacaciones, viajes y hoteles
Campamentos infantiles de verano
Ocio: residencias, tiempo libre
Establecimientos concertados
Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT
Declaración de la Renta.
Recuerda: La cuota sindical es desgravable en la Declaración de la Renta
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