lunes, 24 de enero de 2011

El Supremo revisa la condena a 5 grapos por el asesinato de Vigo

Santiago. El Supremo revisará el martes, 1 de febrero, la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que condenaba a 5 miembros de los Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre (Grapo) a penas de entre 135 y 144 años de cárcel por asaltar un furgón de la empresa Prosegur el 8 de mayo de 2000 en Vigo, asesinar a dos vigilantes de seguridad y herir a otras cuatro personas.

El ponente de la resolución que dictará el Supremo sobre este asunto será el magistrado Alberto Jorge Barreiro, según informaron fuentes del alto tribunal.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consideró probado el pasado febrero que Fernando Silva Sande, Mónica Refojos Pérez, Israel Torralba Blanco, Marcos Martín Ponce y Esther González Ilarraz colocaron tres cargas explosivas cuando el furgón circulaba por la carretera provincial de Vigo y que, tras reventarlo, los dos primeros dispararon contra sus ocupantes, causando la muerte de Gonzalo Torres Lage y Jesús Sobral Otero e hiriendo a Manuel Espada Pérez.

A juicio de los magistrados, los hechos fueron constitutivos "sin lugar a dudas" de dos delitos de terrorismo con resultado de muerte, cuatro de lesiones, depósito de explosivos y robo con violencia o intimidación, por los que todos menos González Ilarraz fueron condenados a 135 años de cárcel. A esta última se le impusieron nueve años más de prisión porque, a diferencia de los anteriores, no había sido condenada todavía por integración en organización terrorista.

La Sala, integrada por los magistrados Alfonso Guevara, Angeles Barreiro y Clara Bayarri (ponente), absolvió al histórico líder de los Grapo, Manuel Pérez Martínez, camarada Arenas, que se enfrentaba a una petición de 152 años, al considerar que no consta que tuviera "ni conocimiento ni dominio" de estos hechos. También eximió al jefe del aparato de falsificación de la organización, José Luis Elipe López, para quien el fiscal pidió una pena de 12 años por un delito de falsedad en documento, porque el Tribunal de Gran Instancia de París ya le condenó en el año 2003 por estos mismos hechos.

Noticia de: http://www.elcorreogallego.es/galicia/ecg/supremo-revisa-condena-5-grapos-asesinato-vigo/idEdicion-2011-01-24/idNoticia-632948/




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