jueves, 2 de febrero de 2012

Nuevas características de la Tarjeta de Identidad Profesional o TIP

El próximo lunes 6 de febrero comenzará el nuevo procedimiento.

El B.O.E. nº42, de 18 de febrero de 2011, publicaba, entre otras, la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, la cual entró en vigor el 18 de agosto del mismo año.

Entre otras novedades, el Anexo V determinaba las nuevas características de la Tarjeta de Identidad Profesional o TIP, dandole nuevo formato y unificando, en un solo documento, todas las habilitaciones,otorgadas por el CNP.

las actuales tarjetas mantendrán su validez hasta que llegue la fecha de su caducidad, es decir, diez años a partir de la fecha en que fueron expedidas. Por lo que en ese periodo de tiempo coexistirán ambos formatos.

No hay comentarios:

Manifestación en Madrid 02/03/2010-Seguridad Privada


Original Video- More videos at TinyPic

Pulsa para ir a la WEB

AFILIATE

Ventajas de afiliarse a UGT

¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT?

Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas:
Información y asesoramiento permanente
Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc
Expedientes de regulación
Protección por desempleo
Prevención de riesgos laborales
Formación contínua adaptada a los puestos de trabajo
Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral
........................................................................................................
Otros servicios
.........................................................................................................
Vacaciones, viajes y hoteles
Campamentos infantiles de verano
Ocio: residencias, tiempo libre
Establecimientos concertados
Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT
Declaración de la Renta.
Recuerda: La cuota sindical es desgravable en la Declaración de la Renta