miércoles, 17 de octubre de 2007

Sentencia horas extras 26/09/07 a favor del trabajador

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº33 DE MADRID.
Sentencia: 00349/2007.
Antecedentes de hecho
Segundo.- El demandante calcula el precio de la hora sin considerar lo percibido de plus transporte y vestuario pero considera que las pagas extras no han sido correctamente calculadas,resultando un precio de la hora de 7.67 euros...

Hechos Probados:
Primero.-...Trabajó desde el 1 de enero al 30 de marzo de 2005...,En ese periodo realizó un total de 316.50 horas extraordinarias -"más de 100 horas al mes"-que le fueron abonadas a razón de 7.10 euros hora.
Segundo.- El demandante percibió en ese periodo un salario base mensual de 731.39 euros,antiüedad 30.59 euros y 131.76 euros de plus de peligrosidad.
De liquidación de pagas extras y vacaciones percibió 1382.42 euros.

Fundamentos de Derecho
Segundo.-...tras haber desistido el demandante de tener en consideración para tal cálculo los pluses extrasalariales de transporte y vestuario, el debate se centra en la determinación de las otras partidas que en los tres meses que duró la relación, percibió el demandante.
Estas no son otras que el salario base,antigüedad.Plus peligrosidad y las partes propor cionales de vacaciones y pagas que se le abonaron en el finiquito.
La suma de todo ello asciende a 4.073,64 euros que dividido por las 487 horas de jornada atribuibles a ese trimestre dan un precio de hora de 8,36 euros.
Existe por ello una diferencia a favor del actor superior a la que dejó limitada su pretensión en el acto del juicio,pero por esta misma razón,solo lo que ahora pide se le puede reconocer, si bien en su integridad por importe de 180,40 euros-"perdio más de 200€ por no pedirlo, ¿Cuantas veces hay que decir que se pida todo?¿Quien está detras de estas actuaciones?"-.
A dicha cantidad se le debe añadir el interes por mora, a computar desde el 21/02/07 fecha de la STS que soluciona el conflicto.
Tercero.-Contra esta sentencia por la cuantía no cabe recurso de suplicación...
Hay que pedir todo, y que sea el Juez quien estime lo que entra o no.

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