jueves, 26 de diciembre de 2013

Los pluses de transporte pasarán a ser cotizables en los Convenios Colectivos, afectando al Convenio Estatal de Seguridad Privada y a muchos de Servicios Auxiliares

El Ministerio de Empleo a través del Real Decreto-Ley de "Medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores", publicado en el BOE del pasado sábado 21 de diciembre, ha aprobado una nueva subida en las cotizaciones tanto para los trabajadores como para las empresas.

Anteriormente se decretó que el plus de vestuario cotizase a la Seguridad Social, y con este nuevo Decreto-Ley ya no queda ningún concepto salarial o extra salarial sin cotizar, tanto en el Convenio Colectivo de Seguridad como en los Convenios Colectivos de Servicios Auxiliares, así como a cualquier otro Convenio Colectivo que tuviera conceptos iguales o parecidos.

¿Qué supone para los trabajadores del sector cotizar por todos los conceptos retributivos? Incremento en las bases de cotizaciones para las bajas por enfermedad común o profesional, desempleo, jubilación, incremento del valor de la hora ordinaria, incremento de las deducciones en la nómina mensual por el incremento de la base a cotizar.

Desde el Sector Estatal de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares de Fes UGT estas medidas nos preocupan, porque si bien es cierto que se garantiza una subida en las bases de cotización de cara al futuro, intuimos que por parte de la empresas y Patronales intentarán que dicho incremento en la cotización recaiga única y exclusivamente sobre las espaldas de los trabajadores

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