miércoles, 11 de marzo de 2009

EL DIA DE ASUNTOS PROPIOS OTRO INCUMPLIMIENTO EMPRESARIAL

En el Convenio Estatal para Empresas de Seguridad 2005-2008 (convenio aún en vigor) se pactó un permiso retribuido de un día de asuntos propios. Este acuerdo se reflejó en un apartado del artículo 46 de este Convenio, con la redacción siguiente:

j) Permiso retribuido por un día de asuntos propios. Entrará en vigor el 1 de enero del año 2009 y estará sujeto a las siguientes condiciones:

- No podrá utilizarse durante los periodos de máxima actividad, comprendidos entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, durante el periodo del domingo de Ramos al lunes de Pascua, ambos incluidos, ni durante el periodo vacacional de los meses de julio y agosto, salvo autorización de la empresa.

- No podrá ejercerse este derecho en el mismo día de manera simultánea por más del 5% de la plantilla del centro de trabajo al que pertenezca el trabajador.

Con estas empresas de seguridad que en la negociación colectiva siempre intentan recortarnos derechos, las cosas nunca nos las ponen fáciles y este tema de la aplicación de un nuevo derecho a un permiso retribuido no iba a ser una excepción.

Ahora resulta que, según dicen en algunas empresas, no tenemos derecho al disfrute de esta licencia porque, según ellos, el convenio donde se aprobó dicho precepto, está invalidado debido a la incidencia que tiene en él la sentencia de anulación del artículo de las horas extras. Las empresas queriendo ser coherentes con esta pretensión e interpretando a su manera la legalidad, deniegan, al trabajador que lo solicita, el derecho al disfrute del día por asuntos propios, hasta que haya claridad y los tribunales decidan lo que va a pasar con el convenio. Eso sí, para entonces, seguramente que el derecho habrá prescrito.

Esto es uno más de los abusos a los que nos tienen acostumbrados los empresarios de este sector. Parece que ahora, y después de lo que ha cambiado el escenario sectorial, la sentencia de las horas no tiene límite. Alguien va a tener que ponérselo, porque sino, van a llegar a unos extremos de retroceso en condiciones sociales, cercanos a los que teníamos hace muchos años.

Al ser un hecho reciente, carecemos de información completa. Sabemos que es una acción que no se está aplicando en todas las empresas por igual. Hasta que no conozcamos como se va a presentar el problema, no podremos decidir las medidas a tomar pero, de momento, solicitamos a todos los que hayáis reclamado vuestro día de asuntos propios, informéis a vuestra Sección Sindical de UGT o a la Secretaría Sectorial de Seguridad Privada.

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Manifestación en Madrid 02/03/2010-Seguridad Privada


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