jueves, 31 de mayo de 2007

2ª Reunión de la Comisión Negociadora(Acta)



A C T A


En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 31 de mayo de 2.007, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Empresas Privadas de Seguridad 2005-2008, compuesta por una parte por los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como por los representantes de los sindicatos UGT, USO, CC.OO. y CIG, quienes manifiestan lo siguiente:

PRIMERO.- Toma la palabra la representación empresarial de APROSER, AMPES, FES y ACAES y manifiesta que es voluntad de la misma emprender un proceso de negociación que permita abordar las consecuencias de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre el valor de la hora ordinaria y, en particular, sobre la ruptura del equilibrio económico del Convenio.

En este sentido, manifiesta que las diferentes organizaciones empresariales se encuentran en un proceso de consensuar una propuesta conjunta que se compromete a remitir a la representación sindical con anterioridad a la convocatoria de la próxima reunión de la Comisión Negociadora, sin perjuicio de la interposición del procedimiento de conflicto colectivo, a los efectos de la interpretación del artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores y el 7 del Convenio Colectivo, así como los efectos legales correspondientes, y dado que entiende que es preciso que la Comisión Negociadora disponga de tiempo suficiente para restablecer el equilibrio referido.

La representación empresarial manifiesta igualmente que su propósito es prorrogar la vigencia temporal del Convenio hasta finales del año 2010, aprovechando esta oportunidad, no sólo para la determinación del nuevo texto del artículo 42 del Convenio, sino igualmente para la incorporación de otras modificaciones puntuales en el resto del articulado.

La representación empresarial entiende necesario materializar la composición de la Comisión Negociadora, en los mismos términos existentes en 2004, al inicio de la negociación del Convenio Colectivo vigente, esto es; por la parte sindical: UGT 7 miembros; CCOO: 5 miembros; USO 2 miembros; CIG 1 miembro; por la parte empresarial: APROSER 5 miembros; FES: 2 miembros; AMPES: 2 miembros; ACAES: 2 miembros, cuyos nombres deben figurar en la próxima reunión como componentes de la Comisión Negociadora.

La representación empresarial entiende finalmente que ambas partes deben ser conscientes de que las propuestas que respectivamente se presenten deben ser suficientemente equilibradas desde la perspectiva del coste laboral para facilitar que se alcance un acuerdo satisfactorio para todos.

SEGUNDO.- Tomada la palabra la representación sindical:

Por parte de UGT se manifiesta que consideramos nuestra incomprensión ante la actitud de la representación empresarial consistente en la propuesta de negociaciones de forma paralela a la interposición de un conflicto colectivo. A pesar de ello, señala su voluntad inequívoca de negociar al amparo de la Disposición Final Única del Convenio Colectivo, partiendo del cumplimiento íntegro de la Sentencia del Tribunal Supremo y manifestando que, a nuestro entender, no se produce ningún desequilibrio de dicho Convenio. No obstante, cuando se reciba y analice la propuesta anunciada por la representación empresarial, si ésta no se circunscribe a los efectos derivados de la Sentencia del Tribunal Supremo, la misma se analizará y estudiará convenientemente. Independientemente, UGT seguirá ejerciendo toda aquella acción sindical derivada hacia el cumplimiento de la Sentencia.

Por parte de FTSP-USO manifiesta su pretensión de que se lleve a cabo la ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo del 21 de febrero de 2007 y la aclaración de la misma solicitada por APROSER y resuelta por Auto del mismo Tribunal de 28 de marzo, en el sentido de que se computen todos los conceptos salariales. En el supuesto de que la negociación se extienda a aspectos diferentes a los contenidos en la Sentencia anteriormente referenciada, este sindicato entiende que la representación sindical debería ser la del momento actual. Por tanto, considera que, habiéndose producido modificaciones en el nivel de representatividad de las diversas fuerzas sindicales, esta modificación debiera reflejarse en una variación en la composición relativa de los miembros de la Mesa Negociadora respectivamente asignados a cada sindicato.

Por parte de CC.OO. se manifiesta que este sindicato no fue firmante del convenio por múltiples discrepancias ya expresadas, y que entiende que toda negociación que se plantee, debe realizarse desde la perspectiva de una mejora sustancial del actual texto vigente y no ceñirse única y exclusivamente a las horas extraordinarias, quedando a la espera de la propuesta que se realice por la representación empresarial para su correspondiente análisis.

Por parte de la CIG se manifiesta que lo que procede, una vez emitido el Auto aclaratorio, es ejecutar la Sentencia, con la consiguiente modificación de los valores de las horas extraordinarias. Esta responsabilidad compete a los firmantes del Convenio Colectivo, dado que esta central sindical no sólo no es firmante, sino que es impugnante del mismo, al entender su ilegalidad. Igualmente, observa con preocupación la propuesta de negociación realizada por la patronal, dado que a tenor de lo expresado por la misma, y su propósito de recuperar el equilibrio económico del Convenio, pudiera derivar en una regresión en relación con el actual texto vigente. En el supuesto de que se entren a negociar otros artículos del Convenio, esta central sindical, solicitará una mejora sustancial de los mismos.

TERCERA.- Las organizaciones empresariales y las organizaciones sindicales de UGT, CC.OO. y CIG entienden, en relación con la manifestación realizada por FTSP-USO, que la composición de la representación de la Mesa Negociadora debe mantenerse en los mismos términos que los existentes al inicio de la negociación del presente Convenio Colectivo en el año 2.004, toda vez que los efectos de la Sentencia del Tribunal Supremo son desde el 1 de enero de 2005.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se da por finalizada la reunión a las 11:30 horas.

ASISTENTES

POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

ACAES:

Representada por D. LUIS MARTÍNEZ DE GUINEA.

AMPES:

D. LUIS MARTÍNEZ DE GUINEA

APROSER:

Doña EVA FACIO ORSI
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL GONZÁLEZ HERRERO
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA

FES:

D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

POR LA REPRESENTACION SINDICAL

FES-UGT:

Dª. HELENA ASENSIO GUERRA
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
D. DIEGO GIRALDEZ GEREZ
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. ANGEL GARCÍA MARCO

FTSP-USO:

D. FERNANDO LAGO MOYA
D. EMILIANO JIMÉNEZ HERNÁNDEZ
Doña MARÍA EUGENIA MORENO
D. JOSÉ MANUEL CASTAÑO
D. JUAN MANUEL GUILLÉN
Doña MARÍA JESÚS DÍAZ-JORGE
D. MANUEL PÉREZ MORENO

CC.OO.:

D. JESÚS MARTÍNEZ DORADO
D. FRANCISCO JAVIER USERO VILLARZ
D. JOSÉ LEMUS MANCERA
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
D. JUAN JOSÉ MONTOYA PÉREZ


CIG:

D. PAULO PAIO RUBIDO BARÁ (Asesor)
D. PEDRO PÉREZ CARIDE

1 comentario:

CE.SSEPTV-(UGT.Fes) dijo...

Otro conejo de la chistera...;objetivo.:alargar plazos y confundir,para evitar tener que pagar.

Manifestación en Madrid 02/03/2010-Seguridad Privada


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