martes, 26 de febrero de 2008

Prosegur al igual que el resto de empresas de APROSER a definido el cálculo de la hora ordinaria (según su criterio)







Hola compañeros y compañeras, os adjunto la información de cómo va a pagar Prosegur las horas extra en la nomina de febrero, como ya suponíamos, no computan el transporte, ni el vestuario ,para sacar el valor de la hora ordinaaria. La recomendación es que guardéis bien las nominas por si nos dan la razon al recurso interpuesto por UGT y, tenemos que volver a reclamar la diferencia del precio hora del 2008. También tendremos que revisar atentamente las nominas para comprobar que realmente nos pagan como dicen.
Como veis es la misma formula que todas las empresas de APROSER.
Saludos.

viernes, 22 de febrero de 2008

Fes-UGT califica de 'irresponsables' las críticas a la solvencia del sistema financiero español

La Federación de Servicios de UGT (Fes-UGT) calificó hoy de 'irresponsables' las críticas por parte del principal partido de la oposición sobre la solvencia de algunas entidades financieras, asegurando que atraviesan dificultades económicas.

El sindicato señaló en un comunicado que 'generar falsa incertidumbre es negativo para el sistema financiero español', y se sumó a las declaraciones realizadas por el Banco de España, la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), que ayer aseguraron que la solvencia del sistema financiero español se asienta en bases sólidas y que, por tanto, estas críticas no están justificadas.

En este sentido , Fes-UGT subrayó la 'fortaleza del sistema financiero español', e indicó que a ella han contribuido los 250.000 trabajadores que componen las plantillas de bancos, cajas de ahorros y los sindicatos del sector. Por ello, censuró 'las críticas infundadas e irresponsables que afectan a un sector tan sensible como estratégico para la economía española'.

viernes, 15 de febrero de 2008

Recomendación para efectuar demandas de horas extras.


Prosegur y Securitas se protegen contra las horas extras


Los dos líderes del sector de la seguridad privada acumulan provisiones por un valor conjunto de 65 millones de euros contra sus beneficios como consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo, que eleva el coste del aumento de la jornada laboral.
¡¡¡Muchos millones!!!,¿No?
¿Cuantos puestos de trabajo son?
¿Que dice la Inspección de Trabajo?...Paso palabra.

lunes, 11 de febrero de 2008

UGT reclama que todos los despidos que se poduzcan durante una incapacidad Tempoal sean considerados nulos.

UGT reclama que todos los despidos que se produzcan durante una Incapacidad Temporal sean considerados nulos
La sentencia reciente del Tribunal Supremo por la que considera improcedente y no nulo el despido de una trabajadora que estaba en situación de Incapacidad Temporal, obliga al trabajador a tener que elegir entre salud o empleo y contempla al trabajador como una mera fuerza de trabajo. Esta sentencia, que contradice a la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, revela además la necesidad de mejorar la regulación legal del despido. En este sentido, UGT planteará como cuestión prioritaria en el diálogo social, tras los próximas elecciones generales, una redacción clara del Estatuto de los Trabajadores, de manera que todos los despidos que se produzcan en supuestos de suspensión de contrato por Incapacidad Temporal, no sólo algunos, sean considerados nulos y conlleven la readmisión inmediata del trabajador.

Rajoy se equivoca, UGT no pedirá el voto para ninguna formación política.

UGT desmiente las afirmaciones de Mariano Rajoy en la entrevista de anoche en CUATRO
UGT - 8 de febrero de 2008


UGT desmiente la afirmación realizada, en la noche de ayer, por el líder del Partido Popular (PP), Mariano Rajoy, en la entrevista realizada en la cadena televisiva Cuatro, cuando afirmó que ”la Unión General de Trabajadores va a pedir el voto para el Partido Socialista...” La Comisión Ejecutiva Confederal de UGT quiere precisar que este sindicato no ha pedido, ni va a pedir, el voto para ninguna formación política de las que concurren en las próximas elecciones generales del 9 de marzo, pero sí hace un llamamiento a la participación ciudadana.
El sindicato presentó, el pasado día 5 de febrero, su análisis de lo acontecido durante los últimos cuatro años en el proceso de diálogo social del que han sido corresponsables el Gobierno, la patronal y los sindicatos UGT y CCOO, proceso del que se han derivado medidas y reformas que han ensanchado nuestro Estado de Bienestar y mejorado algunos de los principales problemas de nuestro mercado de trabajo.
En este mismo acto, el Secretario General de UGT, Cándido Méndez, dejó clara esta valoración y afirmó textualmente que “nuestra pretensión es contribuir al debate de cara a las elecciones para que haya una participación masiva de las trabajadoras y trabajadores de la sociedad española en estas elecciones y sinceramente no tenemos ninguna voluntad de ayudar a discernir”.
Por tanto, UGT pide al Sr. Rajoy que se atenga a la realidad de los hechos y no induzca a confusión a los ciudadanos haciendo afirmaciones que no se corresponden con la realidad.

jueves, 7 de febrero de 2008

Contestación a Prosegur

De.: Sección Sindical Estatal de UGT-Fes en Prosegur Transportes de Valores, S.A.

A.: Director de Recursos Humanos del GRUPO PROSEGUR.

A/A.: Sr. Francisco Javier Gimeno Martinez.

CC.: Sr.Santiago García.

Asunto.: Carta enviada a todos los trabajadores del Grupo Prosegur.




Estimado Sr.Gimeno.:






Como consecuencia de la carta enviada a todos los trabajadores, son muchas las consultas y opiniones que me han trasladado. Por lo que me veo en la obligación de contestar su carta desde el punto vista de esta SSE.

Lo cierto es que no sé como interpretar esa misiva.

Su escrito consta de cuatro bloques a los que daré respuesta y de paso contestaremos a todos los trabajadores que nos han pedido nuestra opinión.

Primero.- Que en ese bloque informa sobre la Sentencia de 21 de febrero de 2007, alegando que la misma dice que las horas se debían abonar, como mínimo, al valor de la hora ordinaria, pero no dice que conceptos (a juicio de Prosegur) componen el valor de la hora ordinaria.

Y nosotros decimos:

1. La citada Sentencia es la resolución de la Demanda inicial del 2005 donde pedía…-“De acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, ratificada en una reciente sentencia de 12-01-05 de la Sala Social Sección 1ª Recurso 984/2004., el valor de la hora ordinaria se ha de calcular sobre la totalidad de las retribuciones salariales percibidas en el año( Salario Base+Complementos personales, entre ellos, la antigüedad + complementos de puesto de trabajo +Gratificaciones extraordinarias + Pluses de Transporte y Vestuario), dividida por la jornada anual.
2. El FALLO de la Sentencia del Tribunal Supremo dice…-Casamos y anulamos la Sentencia impugnada y estimando íntegramente la pretensión actora…- Por lo que se puede deducir que para el calculo de la ora ordinaria a de realizarse de la manera solicitada en el punto 1.¿Es así como lo entiende Prosegur?.
3. Que las asociaciones Patronales (en las que está incluida prosegur), están intentando por todos los medios posibles alargar los procesos para evitar el fallo de la Sentencia.

Segundo.-Que en ese bloque comunican que el GRUPO PROSEGUR consciente de la importancia que este asunto tiene para todos nosotros y aun estando pendiente de procesos judiciales, ha decido con efectos 1 de enero de 2008, pagar las horas extraordinarias al valor de la hora ordinaria previsto en el Convenio Colectivo ya citado.


Y nosotros decimos:

Nosotros también nos congratulamos de que Prosegur sea consciente de la importancia que este asunto tiene y de la necesidad de arreglarlo, y lamentamos que Prosegur no tenga en cuenta a los Agentes Sociales -como esta Sección Sindical Estatal- para encontrar una solución satisfactoria.
Dice en su carta que a partir del 1 de enero de 2008, abonaran las horas de enero. ¿y las horas del 2005, 2006 y 2007? ¿Prosegur abonará solo a los que demanden? ¿Prosegur Judicializará todos los procesos de reclamación anteriores al 2008? Muchas dudas y pocas respuestas.
¿Cuál es el valor de la hora ordinaria establecido en el vigente Convenio?¿en qué artículo lo dice?¿no cree que si estuviera definido en el convenio, solo cabria aplicar lo que dice el ET.?.No sé, si se trata de un desconocimiento del Convenio, o de una actuación definida en desconcertar a los trabajadores.

Tercero.- Sin comentarios.

Cuarto.- Confiamos en que el esfuerzo económico que supone esta decisión para el Grupo Prosegur, contribuya a mejorar las condiciones laborales en nuestra empresa y ayude en la labor de profesionalización y de dignificación de una actividad tan importante para la sociedad como es la que desarrollas.

Y nosotros decimos:

Creemos que no existe ese “esfuerzo económico”, pues se trata de algo que más tarde, o, más temprano, todas las empresas tendrán que efectuar. Entenderíamos por esfuerzo económico, el abonar voluntariamente las diferencias de las horas (2005, 2006, 2007), a todos los trabajadores (aunque sea a plazos), sin tener que presentar demanda ante el juzgado.
En cuanto a mejorar las condiciones laborales en nuestra empresa, creo que esto que proponen, por si solo, no ayuda mucho. Mejorarían mucho más con políticas integrales que apuesten por una mejor calidad de vida para los trabajadores (conciliación de la vida laboral y familiar, calendarios laborales anuales, formación adecuada, medios adecuados para trabajar, descansos, etc).
Para la dignificación del Sector, habría que apostar decididamente por la erradicación del intrusismo. Eliminar las figuras como: controlador, auxiliar, etc.,y por supuesto apostar por un salario que dignifique el Sector (pero apostar de verdad ante la próxima mesa negociadora del Convenio).
Por supuesto que desarrollamos una importante labor en la sociedad, pero que no se reconoce como se merece.

Una vez expuestas nuestras opiniones quedamos a su entera disposición para reunirnos y ver si existe la posibilidad de acordar algo que en verdad, sea satisfactorio para los trabajadores de Prosegur. De lo contrario entenderíamos esa carta como una cortina de humo que pretende despistar a los trabajadores y una operación de maquillaje ante los clientes y la sociedad en general.

lunes, 4 de febrero de 2008

¿CUÁL SERA EL PRÓXIMO VALOR DE LA HORA EXTRA?

UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES
FEDERACIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE MADRID
A TODOS LOS TRABAJADORES DEL SECTOR DE SEGURIDAD PRIVADA

¿CUÁL SERA EL PRÓXIMO VALOR DE LA HORA EXTRA?

Próximamente se va a cumplir un año desde que se tuvo conocimiento de la famosa Sentencia del Tribunal Supremo sobre la anulación del artículo 42, relativo a las horas extras del Convenio Colectivo del Sector de Seguridad Privada. Desde entonces, hasta la fecha, han sucedido muchas cosas de interés que nos sirven para comprender como puede ir entendiéndose la incierta situación actual del sector. En su momento, ya comentamos los movimientos que se propiciaron por las patronales para buscar una solución negociada del problema. Desde UGT, entonces, entendíamos que era difícil llegar a un acuerdo en las condiciones económicas insuficientes y de intercambio indecente que las empresas proponían para solucionar el tema, sobre todo cuando estaban (y están) en marcha una buena cantidad de demandas de cantidad sin resolver y, además, estaban pendientes en la Audiencia Nacional dos conflictos colectivos que habían propiciado las propias patronales.
Hace muy poco que hemos tenido conocimiento de la resolución de los conflictos colectivos de la Audiencia Nacional. Recordemos que en uno de estos conflictos colectivos, APROSER, la patronal más importante, cuestionaba el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores. Pretendían desde esta patronal que la Audiencia Nacional se pronunciara de forma más clara sobre la fórmula de cálculo del valor de la hora extra, es decir, para ellos la sentencia del Supremo no despeja cuáles son los conceptos salariales con los que hay que contar para hallar el valor de la hora extra y buscaban un pronunciamiento legal más claro. La Audiencia Nacional ha dictado ahora una sentencia que, para nosotros no deja ni mucho menos clara la situación, pero que para la patronal, esta sentencia deja muy claras las cosas. Según esta patronal, ahora para calcular el valor de la hora, no hay que contar con muchos de los conceptos salariales que estaban en duda y, por lo tanto, se les presenta una salida al problema muy favorable a sus intereses futuros y que, además, deja sin razón de ser a la mayoría de las demandas de cantidad interpuestas por los trabajadores y que están pendientes de resolver en los juzgados de primera instancia.
El otro conflicto colectivo interpuesto por las otras patronales buscaba la nulidad del convenio colectivo. Según estos, el vigente convenio había perdido su equilibrio, ya que la anulación del artículo de las horas extras rompía totalmente con las intenciones económicas generales pactadas en el convenio. La Audiencia ha desestimado la pretensión de anulación del convenio por inadecuación del procedimiento. Lo más probable es que estas patronales pequeñas recurran ante el Tribunal Supremo esta sentencia que les ha salido negativa.
En UGT hemos recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia que, de forma poco clara, parece dar la razón a la patronal APROSER sobre el nuevo módulo de cálculo del valor de la hora extra. Hay muchas razones para cuestionar la sentencia pero, la más evidente, es que las conclusiones de ésta no parecen tener nada que ver con lo que en su día falló el Tribunal Supremo y además, para nosotros, esta sentencia es contradictoria, confusa y da tratamiento a una serie de temas que estaban fuera del caso discutido.
Como se puede comprobar, el escenario del conflicto no ha cambiado mucho. Tal y como ya veníamos avisando, la situación, para lo bueno y para lo malo, está en manos de los jueces y, lo más probable, es que hasta dentro de un largo plazo de tiempo, no sabremos como se va a solucionar finalmente este tema en los juzgados.
Parece seguro que, viendo como se están desarrollando las cosas en los juzgados, esta nueva sentencia afectará negativamente a los procesos de demandas en marcha. Los jueces no están siendo muy receptivos con la totalidad de las pretensiones de las reclamaciones de cantidad. Muchos juzgados estaban sentenciando sin tener en cuenta los cálculos de cantidades que se defendían de nuestra parte. Otros muchos juzgados han estado usando maniobras dilatorias y aplazando la vista de los juicios, a la espera de la resolución de los conflictos colectivos. Ahora estos juzgados van a contar con el elemento que les faltaba para deshacerse de un tema que, en principio, les ofrecía dudas y les suponía un aluvión inesperado de complicaciones y de trabajo.
En UGT, aunque desde el principio hemos hecho esfuerzos extras por favorecer las reclamaciones y, a su vez, para propiciar un acuerdo de solución definitivo y ventajoso para los intereses de los trabajadores de seguridad, nunca hemos sido muy optimistas con esta situación. En vista de los hechos, tal y como ya preveíamos, la solución todavía sigue estando en manos de los jueces y esto está originando una demora de la solución del problema, demora que va a resultar muy inconveniente y que, además, con toda seguridad, va ha afectar de forma grave a la próxima negociación del convenio colectivo.
Como veréis, en estas condiciones, es difícil averiguar cuál va a ser el próximo valor del precio de la hora extra. Hay muchos rumores de que las empresas van a empezar a pagar a partir de febrero la hora extra a unos valores muy superiores a los que venían pagando. También alguna empresa ha enviado un comunicado a sus trabajadores diciendo que van a pagar la hora según la Sentencia del Supremo (lo más probables es que, si lo hacen, lo harán según su propia interpretación de la Sentencia).
En UGT no tenemos conocimiento de que se haya abonado a nadie la hora extra a un valor superior al previsto. Si hay alguien que pueda desmentirnos y que pueda demostrar que se están abonando las horas extras en un valor superior, en sitios donde hasta entonces no se había pagado así, le agradeceríamos que nos lo hiciera saber para que nosotros podamos usar este hecho a los efectos que procedan.
Se está escuchando también que algunas empresas importantes van a empezar a pagar la hora extra a cada trabajador con una tarifa distinta, es decir, que a la hora del cálculo de lo que corresponda por hora extra a cada trabajador individualmente, se tendrán en cuenta su antigüedad, los pluses que ellos decidan y los complementos salariales que se den en cada puesto de trabajo. Esta opción es la que para nosotros, aunque no nos guste, nos ofrece más credibilidad, ya que se ajusta de forma aproximada a lo que se pretende en la Sentencia del Supremo.
Sabemos que la patronal esta pensando, por su cuenta, en buscar una solución inmediata sobre el pago de las horas extras en los próximos meses. Esta solución seguramente que se compondrá en base a sus propios cálculos de hora. Sea cual sea la solución que vayan a proponer las empresas, ésta será siempre provisional; no puede ser de otra forma ya que todavía están pendientes los recursos al Tribunal Supremo y las resoluciones de las demandas de cantidad de los juzgados de primera instancia.
Como se puede comprobar, no es fácil saber como va a quedar la situación. La negociación sigue estando limitada y la voluntad de los empresarios sigue siendo la de dilatar el máximo los plazos y evitar que las muchas demandas de cantidad de los años pasados prosperen con éxito. En estas condiciones, no es posible hacer un cálculo aproximado sobre como va a quedar el valor final de la hora extra para el año 2008.

Manifestación en Madrid 02/03/2010-Seguridad Privada


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