viernes, 30 de diciembre de 2011

La inflación interanual baja 5 décimas en diciembre y acaba 2011 en el 2,4%

La inflación interanual baja 5 décimas en diciembre y acaba 2011 en el 2,4%

La inflación interanual ha bajado por tercer mes consecutivo y ha caído cinco décimas en diciembre, hasta el 2,4%, según el indicador adelantado del índice de precios de consumo (IPC) publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). De esta forma el IPC ha marcado su valor más bajo desde noviembre de 2010 -cuando la inflación se situó en el 2,3%-. Según el INE, este descenso es consecuencia, principalmente, de la bajada de los precios de los carburantes y lubricantes, y del mantenimiento del precio del tabaco, frente al repunte que experimentaron en diciembre del año pasado.

El indicador adelantado es un avance del IPC, cuyo dato definitivo se conocerá el 13 de enero y no suele variar de forma significativa.


http://www.elpais.com/articulo/economia/IPC/baja/diciembre/deja/24/inflacion/elpepueco/20111230elpepueco_1/Tes

Más de la mitad de la plantilla de los vigilantes de seguridad trabajará en Nochevieja, Año Nuevo y Reyes

  • FELICES FIESTAS A TODOS/AS
  • FELIZ 2012

Aproximadamente 50.000 vigilantes de seguridad (más del 50% de los cerca de 90.000 en activo que tiene actualmente el sector) trabajarán en Nochevieja, Año nuevo y Reyes para reforzar la sensación de seguridad de los ciudadanos en estas fechas, según ha informado la Asociación Profesional de Compañías de Seguridad (Aproser) en un comunicado.

Los vigilantes de seguridad privada ocuparán sus puestos habituales en grandes superficies, aeropuertos, zonas comerciales y de transportes, entre otros, sin que la singularidad de estas fechas suponga una reducción de sus actividades o jornadas.

Aproser señala que es una "constante" en estas fechas aumentar la protección de establecimientos y usuarios en las zonas de comercio, especialmente en las fechas más próximas al seis de enero, día de Reyes, debido al "aumento considerable" del número de clientes que acuden en esos días a los establecimientos comerciales. "Asimismo, este dispositivo de seguridad se mantendrá los primeros días de las rebajas, que también sobrepasan con creces la media de afluencia de usuarios a estas superficies", añadieron.

Por otro lado, Aproser quiere subrayar que "durante 2011, en torno a 1.000 vigilantes de seguridad han recibido premios por su contribución en la colaboración con las Fuerzas de Seguridad del Estado y por haber sobresalido en sus funciones de protección a la sociedad".

http://www.europapress.es/economia/noticia-economia-mas-mitad-plantilla-vigilantes-seguridad-trabajara-nochevieja-ano-nuevo-reyes-20111229172631.html

Prosegur inicia su actividad en Alemania tras comprar SecurLog por 22,7 millones

Prosegur ha firmado el contrato de compra del 100% de las acciones de SecurLog GmbH, compañía alemana especializada en logística de valores, por un total de 22,7 millones de euros, informó este jueves la empresa de seguridad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Con esta adquisición, Prosegur inicia su actividad en el mercado alemán e impulsa su desarrollo en áreas geográficas en las que aún no está presente.

Esta transacción está en línea con su estrategia de crecer inorgánicamente incorporando nuevos mercados donde poder establecer su modelo de negocio, con lo que refuerza su posición en el mercado.

SecurLog GmbH, con sede central en Dusseldorf, cuenta con más de 3.000 trabajadores distribuidos entre 31 delegaciones por todo el país y con unas ventas de aproximadamente 145 millones de euros en 2010.

La operación fortalecerá el crecimiento de Prosegur en Europa donde ya cuenta con 1.500 vehículos blindados, 80 centros de conteo y 45.000 empleados. En concreto, Prosegur está presente en España, Francia, Portugal y Rumania, países a los que ahora se suma Alemania.

http://www.europapress.es/economia/noticia-economia-empresas-ampliacion-prosegur-inicia-actividad-alemania-comprar-securlog-227-millones-20111230093040.html

jueves, 29 de diciembre de 2011

APROSER | Acta | Reunión del día 29 de diciembre de 2011| intento de inaplicación de Tablas Salariales 2012

Aproser convoca a los Sindicatos UGT,CC.OO,USO y CIGA y al resto de asociaciones empresariales mediante escrito envíado el día 20, con la intención de reabrir la mesa negociadora del Convenio Vigente y evitar tener que cumplir con lo pactado.

APROSER PIDE:

Ejercicio de responsabilidad por nuestra parte (bajensé los pantalones).
  1. Modificar el ambito temporal del convenio hasta el año 2014.
  2. No abonar lo pactado para el 2012 y diferirlo en el tiempo, pudiendo darse en el 2012 si se incrementa la jornada laboral(es decir: te lo pagas tú, trabajando más).Además ya no utilizo el IPC como referencia y cierro el 2013 y 2014 con puntos cerrados(que segurisimo estarán por debajo de IPC).Otras joyas que mejor no mentar.
  3. Están abiertos a recibir contrapropuestas que difieran el importe del 2012(Qué generosos).

UGT lo deja claro en su documento que adjunta. NO HAY MESA QUE VALGA, RESPETO A LO PACTADO Y CONVOCATORIA PARA FIRMAR LAS TABLAS SALARIALES DEL 2012.

Otros no lo dejan nada claro.

El blog de Manuel Pastrana: El salario mínimo, congelado. La primera, en la fr...

El blog de Manuel Pastrana: El salario mínimo, congelado. La primera, en la fr...: Lo avisaba yo aquí ayer: la zorra en el gallinero empezaría cuando antes a hacer de las suyas. Como no se piensan cortar un pelo, escogi...

martes, 27 de diciembre de 2011

La facturación de la seguridad privada en España cae un 4,5% en 2011

La facturación de la seguridad privada en España en 2011 ha sufrido una caída del 4,5% respecto al ejercicio económico de 2010, en el que se facturaron 3.386 millones de euros, según estimaciones contenidas en el 'Estudio Económico 2011', presentado por la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproser).

El citado estudio, señala que esta nueva caída, sumada a los sucesivos descensos en la actividad del sector desde el comienzo de la crisis, refleja una bajada total cercana al 15% y sitúa la facturación total en niveles del 2006. Además se puede observar que los tres pilares del sector -vigilancia, sistemas de alarmas y transporte de fondos- han continuado su descenso.

La caída más pronunciada en 2010 se corresponde con sistemas y alarmas que, con un total de 892 millones de euros facturados, tuvo una bajada del 9,1%, mientras que transporte de fondos cae un 3,25% y facturó 301 millones de euros. La vigilancia, el segmento más importante al representar cerca del 65% de la facturación total, ha experimentado una variación interanual del -2,05% y su facturación total en 2010 fue de 2.193 millones de euros.

Asimismo, el informe analiza otros aspectos que reflejan la situación laboral y social del sector, en el que se estiman que trabajan activamente cerca de 90.000 vigilantes de seguridad, la mayoría de los cuáles (85%) tiene contrato indefinido frente a sólo un 15 % que tiene contrato temporal. En este momento, según Aproser, la mayor preocupación de las empresas del sector, y su objetivo, es mantener los puestos de trabajo.

La rotación anual disminuye con respecto a años anteriores y se sitúa en un 24%, una cifra muy inferior al 40% de 2007. Se aprecian también variaciones en el tiempo medio de servicio, que aumenta en el caso de los vigilantes (8,7 años) y disminuye en los trabajadores de estructura (10,6 años).

Respecto a la procedencia de las contrataciones, las del sector privado mantienen su dominio frente al sector público, con una proporción del 76% frente al 24%. Por segmentos de demanda, los que más requieren servicios de seguridad privada son: el comercio, las entidades financieras, las administraciones públicas, las infraestructuras de transporte y la industria y energía.

España cuenta en la actualidad con un total de 1.538 empresas de seguridad privada, según datos de la Unidad Central de Seguridad Privada.

http://www.europapress.es/economia/noticia-economia-empresas-facturacion-seguridad-privada-espana-cae-45-2011-20111226190706.html

lunes, 26 de diciembre de 2011

El número de escoltas destinado a proteger a potenciales objetivos de ETA se ha reducido más de un 30 por ciento durante este año

El número de escoltas destinado a proteger a potenciales objetivos de ETA se ha reducido más de un 30 por ciento durante este año, según fuentes de la seguridad privada consultadas por Servimedia.

Estas fuentes aseguraron que la progresiva disminución de la amenaza etarra ha hecho que el número de guardaespaldas en la Comunidad Vasca y Navarra haya disminuido en los últimos meses y se haya rebajado en 1.150 efectivos, aproximadamente un 34 por ciento.

En concreto, en los momentos de mayor peligro de atentados llegó a haber más de 3.300 escoltas -2.400 en Euskadi y 900 en Navarra-. En la actualidad el número ronda los 2.150, 1.700 de ellos en la Comunidad vasca y 450 en la comunidad vecina.

Las fuentes consultadas explicaron que la última reducción destacada de escoltas tuvo lugar en septiembre, al tiempo que se espera un nuevo recorte a comienzos de 2012. En el recorte de comienzo del próximo año influirá el anuncio realizado por los etarras el pasado 20 de octubre, fecha en la que la banda criminal dio a conocer el fin definitivo de su acción terrorista.

http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/terrorismo/se-reducen-mas-de-un-30-los-escoltas-que-protegian-objetivos-etarras_dvq43a58GYArlHg52ulyQ3/

Un Gobierno con los lobbies dentro | Segur Ibérica

Morenés, secretario de Estado de Defensa y de Seguridad con Aznar, vuelve al Ministerio desde la presidencia de Segur Ibérica, empresa a la que Defensa encarga tareas de seguridad privada a los atuneros que faenan en el Índico. ...

Por aquellas fechas, Pedro Morenés, hombre muy próximo a la Zarzuela que Rajoy ha nombrado ministro de Defensa, era consejero de Instalaza, principal fabricante español de bombas de racimo. Y justo en julio de 2008, el Gobierno de Zapatero aprobó una moratoria en la producción de estas armas tan dañinas.

Según denunció con pruebas Human Rights Watch, algunas de las bombas producidas por Instalaza con Morenés en su consejo fueron utilizadas por Muamar Gadafi en la reciente guerra que la OTANcon la participación de unidades españolas contribuyó a decantar a favor de los rebeldes. Pero el problema que puede afrontar Morenés con su llegada a Defensa no es sólo de orden moral, sino muy práctico e inmediato: Instalaza, en cuyo consejo se sentó el ministro hasta septiembre según el Registro Mercantil reclama desde mayo al Gobierno por la vía judicial 40 millones de euros de indemnización por los supuestos daños causados con la moratoria.

Complejo militar-industrial

"No tiene precedentes que un representante destacado del complejo militar-industrial asuma directamente el Ministerio de Defensa y Morenés, sin duda, lo es", opina Jordi Calvo, investigador del Centre Delàs, entidad pacifista especializada en el comercio de armas.

Su vinculación a la industria que depende de los contratos de Defensa uno de los Ministerios más amenazados por los recortes va mucho más allá de Instalaza: Morenés, secretario de Estado de Defensa y de Seguridad con Aznar, vuelve al Ministerio desde la presidencia de Segur Ibérica, empresa a la que Defensa encarga tareas de seguridad privada a los atuneros que faenan en el Índico. Y hasta ahora se sentaba en los consejos, entre otros, de MBDA, el gran fabricante mundial de misiles que según el Centre Delàs también tuvo a Gadafi entre sus clientes; Kuitver, consultoría de i+D especializada en seguridad y defensa; Aritex Cading, que incluye servicios de diseño militar industrial; Gamo Outdoor, gran fabricante estadounidense de rifles y pistolas, e I-Sec Iberia, consultoría para asuntos de seguridad.

http://www.publico.es/espana/413926/un-gobierno-con-los-lobbies-dentro

jueves, 22 de diciembre de 2011

LOOMIS compra EFECTIVOX (anteriormente Blindados Grupo Norte), por un importe de 17,5M€ y con una plantilla de 500 empleados.

LOOMIS compra EFECTIVOX (anteriormente Blindados Grupo Norte), por un importe de 17,5M€ y con una plantilla de 500 empleados.

La facturación de EFECTIVOX fue negativa durante el 2010.

Venden: Tres cajas de ahorros, así como la empresa Española Grupo Norte.

Motivo: Como resultado de la reestructuración de mercado bancario Español.

Objetivo: “Ser capaz de ofrecer operaciones a nivel Nacional en España, que es uno de nuestros principales mercados, también crear las posibilidades de aumentar la parte de soluciones integrales, es decir, el efectivo en tránsito y servicios de Cash Management en combinación. Entre otras cosas, vemos un mayor potencial de Loomis SafePoint , que es un sistema seguro y racional para la gestión de efectivo en, principalmente, tiendas y restaurantes,…”

Resultado: ¿Quién sabe? Podemos creer que entraremos en una nueva lucha entre Prosegur y Loomis, donde los verdaderamente afectados serán nuevamente los trabajadores. O, podemos pensar que se trata de una nueva estrategia empresarial pactada, donde el transporte de fondos, en breve tiempo, no se parezca a nada de lo actual. Acabaremos haciendo recogidas y entregas en moto, hasta en los mercadillos (en bici si somos ecologistas).Esto, unido a el transporte transfronterizo, pone los pelos de punta. Habrá que estar muy atentos y preparados.

¿Alguien se cree que estas operaciones y las de Prosegur son …simples operaciones?

miércoles, 21 de diciembre de 2011

SEGUR IBERICA | El Presidente de Segur Ibérica nuevo ministro de Defensa del Gobierno de mariano Rajoy.

Pedro Morenés, que ya fue secretario de Estado de Defensa y de Seguridad durante los Gobiernos de José María Aznar (PP), se ha convertido en el ministro de Defensa del Gobierno de mariano Rajoy.

Hace sólo dos meses, este licenciado en Derecho por la Universidad de Navarra y diplomado en Dirección de Empresas, asumió la presidencia de Segur Ibérica, compañía especializada en servicios de seguridad privada.

Su nombramiento no estaba en las quinielas, pero tiene lógica. Rajoy ha elegido a un político que ya conoce este Ministerio para liderar una profunda reestructuración de las Fuerzas Armadas.

El primer frente de combate será la redimensión de la estructura del ejército. Morenés hereda un ministerio en el que más del 65% del presupuesto de 2011 (7.200 millones) se destinó a pagar nóminas, un porcentaje que antes de la crisis se situaba en el 55%. Casi toda la presión de los ajustes ha recaído sobre las compras y el mantenimiento del material (que acaparan el 35% restante). Según los analistas, en un ejército moderno, ambos aspectos deben estar balanceados.

Abultada deuda
El segundo punto crítico de la gestión será el de cómo resolver la abultada deuda. En los últimos quince años, la cartera de Defensa ha creado un agujero de 32.000 millones, tras la adquisición de sistemas de armamento como el caza Eurofighter, el avión de transporte militar A400M o las fragatas F-100. De este importe, 14.000 millones se deben al Ministerio de Industria y el resto se deriva de compromisos de pago con las distintas compañías, como EADS, Santa Bárbara o Navantia.

Por último, en el discurso de investidura, el nuevo presidente señaló, como tarea prioritaria buscar el consenso con la oposición. Los acuerdos con el PSOE serán claves en todas las decisiones que afecten a las misiones internacionales y, muy especialmente, a Afganistán.

http://www.expansion.com/2011/12/21/economia/1324493817.html?a=eaa99aa526d2d923b42861cf8bec1deb&t=1324538556


Pues nada, haber cuantos contratos de la Administración le caen a Segur Iberica en estos cuatro años.

PROSEGUR | Prosegur necesita comercial en Pamplona.Oferta de empleo.

Si tienes experiencia comercial en cualquier sector y quieres desarrollarte profesionalmente en el ámbito de la seguridad pasiva, te ofrecemos:

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Requisitos
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Experiencia mínima: Al menos 1 año
Requisitos mínimos: - Carnet de conducir y vehículo propio.
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Requisitos deseados: - Se valorará experiencia en el sector

Contrato
Duración: Estable
Jornada laboral: Completa

Salario
Salario: 15.000 € - 18.000 € Bruto/año
Comisiones / incentivos: Desde 8.200 €/anual

http://www.infojobs.net/pamplona-iruna/comercial-prosegur-pamplona/of-id98ca8575c4b9382eaffaa4c4701ca

martes, 20 de diciembre de 2011

ESABE | Adeuda a sus trabajadores de Alicante más de 240.000€ .Huelga Indefinida.

Los 60 empleados de la seguridad privada de los hospitales de Elda y San Vicente, del Centro de Salud de Villena, de la estación de autobuses de Elche y del Catastro, y de la sede de Inspección de Trabajo de Alicante han iniciado hoy una huelga "indefinida" por una deuda de más de 240.000 euros.

La empresa adjudicataria de este servicio (Esabe) es la misma que gestiona la limpieza del Hospital General de Alicante y de 13 centros de salud de la comarca de l'Alacantí, y cuyos trabajadores también están en huelga desde hace seis días.

¿Qué hace la inspección de trabajo?¿Dirá que no conoce que los vigilantes que realizan servicios en la sede de la inspeción están en huelga?


http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1043291

SEGUR IBERICA | La empresa Segur Iberica está tanteando un posible e inminente ERE par los servicios de Protección en Euskadi.

Parece ser que se comienza a tratar un posible ERE de extinción en la empresa Segur Iberica.

Seguiremos informando.

lunes, 19 de diciembre de 2011

La huelga iniciada el viernes por los vigilantes de seguridad privada en los aeropuertos franceses se mantuvo hoy y se prolongará a mañana

La huelga iniciada el viernes por los vigilantes de seguridad privada en los aeropuertos franceses se mantuvo hoy y se prolongará a mañana, ante la falta de acuerdo con la patronal sobre sus salarios.

La emisora "France Info" informó, citando fuentes de la Confederación General del Trabajo (CGT), que la discusión mantenida hoy sobre la mejora de los sueldos, principal reclamación de los agentes de seguridad, resultó "infructuosa".

El aeropuerto de Lyon, el más afectado por esta protesta, indicó en su página web que los trabajadores de la compañía Brinks no permiten que se lleven a cabo los controles requeridos y que solo se van a poder garantizar hoy 46 vuelos con salida desde esa ciudad, una cifra menor a la mitad de los programados.

En otros aeródromos franceses, como el parisino de Roissy Charles de Gaulle o el de Toulouse, se han registrado retrasos, pero no ha habido vuelos cancelados, mientras que en el de Orly, también en la capital francesa, el tráfico no se ha visto afectado.

Las centrales sindicales reclaman mejoras salariales y, para ello, han intentado movilizar a los 10.000 vigilantes de las empresas privadas que efectúan los controles previos al embarque en los aeropuertos galos, pocos días antes de que muchos franceses inicien las vacaciones navideñas. EFE

domingo, 18 de diciembre de 2011

Querer es poder|Anulados parte de los vuelos de Lyon por la huelga de vigilantes de seguridad

Anulados parte de los vuelos de Lyon por la huelga de vigilantes de seguridad

La huelga convocada este viernes por los vigilantes de seguridad privada en los aeropuertos de Francia provocó hoy por segundo día consecutivo la anulación parcial de los vuelos que despegan de Lyon, donde desde primera hora de la tarde se va a garantizar la salida de la mitad de los vuelos.

La dirección del aeródromo Lyon-Saint Exupéry informó hoy de que la protesta había sido seguida esta mañana al 100 % por los agentes que trabajan allí, por lo que no iba a poder partir ningún avión desde esa instalación "hasta nueva orden".

La Dirección General de la Aviación Civil indicó posteriormente en un comunicado que desde las 14.00 hora local (13.00 GMT) y debido "a la evolución del movimiento social ligado a los vigilantes", se puede asegurar la salida de uno de cada dos vuelos desde ese aeropuerto.

Las centrales sindicales reclaman mejoras salariales y para ello han intentado movilizar a los 10.000 vigilantes de las empresas privadas que efectúan los controles previos al embarque en los aeropuertos galos, en los días previos a que muchos franceses inicien las vacaciones navideñas.

El balance ofrecido hoy por el Sindicato de Empresas Aeroportuarias (SESA) reveló que en términos generales esa protesta fue seguida ayer por el 50 por ciento de los trabajadores, porcentaje que hoy se rebajó hasta el 25 %.

Una portavoz de la empresa gestora Aeropuertos de París (ADP) indicó a Efe que la situación en el de Orly es hoy normal, mientras que en el de Charles de Gaulle se registran retrasos en una de sus terminales internacionales.

La ADP añadió que pese a los retrasos ningún vuelo fue anulado ayer en esos dos aeródromos y mantuvo la recomendación lanzada este viernes a los viajeros, que aconseja que acudan con mayor antelación ante la previsión de que las colas de acceso a la zona de embarque sean superiores a lo normal.

http://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/3611301/12/11/Anulados-parte-de-los-vuelos-de-Lyon-por-la-huelga-de-vigilantes-de-seguridad.html

CASESA | Castellana de Seguridad | Retoma el ERE queriendolo pasar de suspensivo a extintivo.

El viernes día 16 de Diciembre en reunión celebrada en Bilbao los Comites de Empresa de CASESA rechazaron el ERE que esta pretendía realizar.

Ante la falta de voluntad por parte de la empresa de encontrar una solución negociada y anclandose en los 20 días de Salarios por año, la representación de los trabajadores dío carpetazo a las negociaciones firmando el expediente negativamente.

Corresponde a la Autoridad Laboral decidir si se lo aprueba o no.

Desde la Secretaría Sectorial de UGT FeS entendemos que no deberían aprobarselo, ya que a nuetro entender incumple lo establecido en el Real Decreto 801/2011, de 10 de junio que dice entre otras:

La consulta deberá versar sobre las causas motivadoras del expediente y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados y para posibilitar la continuidad y viabilidad del proyecto empresarial conforme a lo previsto en el artículo 9.

Durante este período, las partes deberán negociar de buena fe con vistas a alcanzar un acuerdo, fijando, a la apertura del período de consultas, un calendario de reuniones a celebrar dentro de dicho período y aportando para ello cuantas soluciones procedan para atenuar las consecuencias para los trabajadores afectados, todo ello a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Todo se verá.


OMBUDS | Ombuds a realizado un ERE de Extinción.

OMBUDS ENTRA EN ERE



Parece ser que la empresa OMBUDS registro un Expediente de Regulación de Empleo(ERE) de Extinción de contratos, que afecta a ciento y pico trabajadores.

Parece ser que se realizó con acuerdo, aprobando 20 días de salarios por año.

Se realizó en un tiempo record.

Y según la publicación de el DIARIO el MUNDO en una entrevista que se titula (Escoltas, los nuevos 'exiliados' ) se dice que no ha sido aceptado el expediente(http://www.elmundo.es/elmundo/hemeroteca/2011/12/11/m/paisvasco.html).
.

Escoltas, los nuevos 'exiliados'




Se disponen a abandonar Euskadi tras el cese de ETA debido a la reorganización de Interior, los ERE y el temor a las represalias.

viernes, 16 de diciembre de 2011

5º.COMITE FEDERAL FeS-UGT| Málaga días 13 y 14 de diciembre.

Entre los días 13 y 14 de diciembre de 2011 se celebró en Málaga el 5º.Comité Federal de la Federación de Servicios(FeS), de la Unión General de Trabajadores(UGT).El Comité es el Máximo Organo entre Congresos.
En el se trataron temas de actualidad, internos del Sindicato y otros.
Se realizó un amplio informe sobre la situación actual el cual fue debatido por el Comité Federal con unas conclusiones muy interesantes para la Federación.
Se aprobó una resolución sobre el Sector Financiero.
Cabe destacar el debate sobre Seguridad Privada, que concluirá el proximo día 28 de Diciembre en Madrid, con la celebración de un Pleno de ámbito Nacional donde se termirá el Debate iniciado en el Comité.
Asistimos cinco personas de FeS Euskadi, tres por la Federación((encabezada por el Sº.General) y dos por los Sectores (Seguridad y Limpiezas).

martes, 13 de diciembre de 2011

UGT | Boletín nº 17 de Seguridad Privada | FeS-UGT

Madrid-Se "suprimirá la vigilancia privada en horario laboral diurno" de lunes a viernes

El Gobierno municipal de Madrid retirará los efectivos de seguridad privada que actualmente vigilan algunas sedes las noches de los días laborables en una medida que permitirá ahorrar 8,3 millones de euros, según ha informado este martes el director general de Seguridad del Ayuntamiento, Pablo Escudero, en la comisión ordinaria del ramo.

http://www.lavanguardia.com/local/madrid/20111213/54240146776/el-ayuntamiento-retirara-la-seguridad-privada-que-vigila-sedes-municipales-las-noches-de-los-dias.html

lunes, 12 de diciembre de 2011

Consulta relacionada con la actualización de una licencia de armas tipo C

En contestación al escrito de un particular, formulando consulta relacionada con la actualización de una licencia de armas tipo C, esta Secretaría General Técnica, previo informe de la Intervención Central de Armas y Explosivos, puso de manifiesto lo siguiente:
Para dar contestación a la cuestión planteada en el escrito, se analizarán a continuación los artículos del Reglamento de Armas (en lo sucesivo R.A.), aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en relación con aquéllos del Reglamento de Seguridad Privada (en adelante R.S.P.), aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que afectan directamente a dicha cuestión.
El R.A., en su Capítulo V, Sección 6ª (Licencias para el ejercicio de funciones de custodia y vigilancia), dispone los requisitos y condiciones que han de cumplirse para el otorgamiento de la licencia tipo C al personal de seguridad privada.
A su vez, el artículo 125 del R.A., en relación con el artículo 61.2 del R.S.P., establece que la licencia C sólo tiene validez durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión y que quedará sin efecto al cesar el personal que la tenga otorgada en el desempeño de las funciones o cargos en razón de los cuales le fueron concedidas.
Por su parte, el artículo 126 del R.A. se pronuncia del siguiente tenor literal:
“1. Al cesar en su cargo o función, temporal o definitivamente, al titular de una licencia de este tipo le será retirada por el superior jerárquico, entidad, empresa u organismo en el que prestan o han prestado servicios, y será entregada en la Intervención de Armas. El arma quedará depositada a disposición de la empresa, entidad u organismo propietario.
2. En los supuestos de ceses temporales, si el titular de la licencia hubiese de ocupar de nuevo un puesto de trabajo de la misma naturaleza, le será devuelta su licencia de uso de armas, cuando presente certificado o informe sobre dicho puesto, expedido de acuerdo con el artículo 122.a)”.
Teniendo en cuenta lo anterior, y en relación con la cuestión concreta que se plantea en su escrito, cabe formular las siguientes consideraciones:

Las licencias de armas C, al contrario de lo que sucede con otras licencias, no están sometidas a un plazo de validez temporal, por tanto ni caducan ni tienen que ser renovadas, estando únicamente condicionadas al cumplimiento de los requisitos exigidos para su concesión –artículos 97.1 y 122 del R.A.- y al mantenimiento de éstos y de aquellos otros que el resto del ordenamiento jurídico pudiese contemplar, tales como la superación de los ejercicios de tiro anuales y de las pruebas psicotécnicas que, cada dos o cinco años, según la edad, deben realizar los titulares de estas licencias –artículos 84 y 85 del R.S.P.-, procediéndose, caso de incumplirse tales requisitos, a su revocación –artículo 97.5 del R.A.-.
Las citadas licencias no tendrán validez fuera del tiempo de prestación del servicio, función o cargo de seguridad determinante de su concesión, ni cuando sus titulares hubieren cesado temporal o definitivamente en el mismo, cualquiera que fuera la causa del cese –artículo 125 del R.A.-, procediéndose, en los casos de cese, a la retirada y depósito de la licencia en la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos –artículo 126.1 del R.A.-.
A estos efectos, cuando los incisos finales de los artículos 61.2 del R.S.P. y 125 del R.A. hacen referencia a la expresión “quedará sin efecto” (la licencia), no puede interpretarse, en términos jurídicos, como sinónimo de anulación, puesto que tales incisos han de ser conjuntamente interpretados con los artículos 84 del R.S.P. y 126 del R.A., en relación con la suspensión temporal de la licencia C, debiendo entenderse, por tanto, que las licencias se encuentran temporalmente suspendidas o sin validez.
En consecuencia, cuando el personal de seguridad deje de prestar servicios con armas, por haber cesado en su cargo o función, temporal o definitivamente, la licencia de armas quedará sin efecto –no anulada-, es decir, quedará suspendida y depositada en la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos hasta que su titular presente un certificado de la empresa en el que se haga constar que tiene un cometido o puesto de trabajo para el que precisa dicha licencia (artículo 126.2 del R.A.).
Ahora bien, si el cese en sus funciones deviene de la pérdida de la condición de personal de seguridad por alguna de las causas previstas en el artículo 64.1 del R.S.P., procederá la revocación de la licencia, previa la instrucción del correspondiente expediente, que deberá tramitarse de conformidad con la Ley 30/1992, de 2 de agosto, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Real Decreto 1778/1994, de 5 de agosto, por el que se adecúan a la citada Ley las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones
De todo lo anteriormente expuesto cabe extraer las siguientes conclusiones:

El personal de seguridad privada titular de una licencia tipo C, con independencia de su situación administrativa, si tuviese depositada la misma con motivo de su cese temporal en el puesto de trabajo en razón del cual le fue concedida, estará obligado a “actualizarla”; obligación que no existirá cuando se haya producido la pérdida de la habilitación como personal de seguridad privada, la cual llevará implícita la revocación de la licencia –artículo 64 del R.S.P. y artículo 97.5 del R.A.-.
A estos efectos, “la actualización de la licencia C” consistirá en la superación de los ejercicios de tiro y de las pruebas psicotécnicas determinadas por este Ministerio, afectando dichas obligaciones tanto al personal que se encuentre prestando servicios con armas como al que las tenga depositadas en la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos por haber dejado de prestarlos por cese temporal –artículos 84 y 85 del R.S.P.-.
La no realización o no superación de la prueba psicotécnica dará lugar a la nulidad de la licencia y, en consecuencia, a la revocación de la misma –artículo 85 del R.S.P. y artículo 97.5 del R.A.-.
La no realización o no superación de los ejercicios de tiro no tendrá más efecto que la suspensión temporal de la correspondiente licencia de armas, caso del personal que presta sus servicios con armas, o que la misma continúe suspendida, caso de estar ya retirada por cese temporal, hasta que el ejercicio pueda llevarse a cabo con resultado positivo –artículo 84.1 del R.S.P.-.
En los casos de ceses temporales, para poder recuperar la licencia C -lo cual implicaría que no se ha perdido la habilitación como personal de seguridad privada- deberá acreditar la superación de la prueba psicotécnica, la del ejercicio de tiro, caso de no haberlos realizado o haberlos realizado con resultado negativo, y la presentación de un certificado o informe de la empresa en que se indique que va a prestar un servicio que exija el empleo de armas de fuego –artículo 126.2 del R.A. y artículos 84 y 85 del R.S.P.-.

Documento en PDF en http://www.mir.es/file/52/52670/52670.pdf

Todas las contestaciones sobre Armas en http://www.mir.es/respuestas-de-la-secretaria-general-tecnica-47/seguridad-privada-885/vigilantes-de-seguridad-privada-893

Depósito de las licencias de armas tipo C en las correspondientes Intervenciones de Armas de la Guardia Civil

Determinadas Subdelegaciones del Gobierno han formulado diversas consultas sobre diversos aspectos relacionados con el depósito de las licencias de armas tipo C en las correspondientes Intervenciones de Armas de la Guardia Civil, cuando los titulares cesen en sus funciones y con la realización de ejercicios de tiro por el personal de seguridad privada.

Respecto a dicha cuestión, una vez conocido el criterio de la Dirección General de la Guardia Civil, esta Secretaría General Técnica pone de manifiesto lo siguiente:

I. Si debe verificarse el depósito en las Intervenciones de Armas y Explosivos de las licencias de armas tipo C cuando no se realicen servicios con armas por parte de sus titulares y, por tanto, cuando éstos cesen en sus cargos o funciones, bien sea de manera temporal o definitiva. Para dar contestación a la cuestión planteada, se analizará a continuación los artículos del Reglamento de Armas (en lo sucesivo R.A.), aprobado por Real Decreto 137/1993,de 29 de enero, en relación con aquéllos del Reglamento de Seguridad Privada (en adelante R.S.P.), aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que afectan directamente a la cuestión planteada.

El R.A., en su Capítulo V, Sección 6.ª (Licencias para el ejercicio de funciones de custodia y vigilancia), dispone los requisitos y condiciones que han de cumplirse para el otorgamiento de la licencia tipo C al personal de seguridad privada. A su vez, el artículo 125 del R.A., en relación con el artículo 61.2 del R.S.P, establece que la licencia C sólo tiene validez durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión y que quedará sin efecto al cesar el personal que la tenga otorgada en el desempeño de las funciones o cargos en razón de los cuales le fueron concedidas.

Por su parte, el artículo 126 del R.A. se pronuncia del siguiente tenor literal:

"1. Al cesar en su cargo o función, temporal o definitivamente, al titular de una licencia de este tipo le será retirada por el superior jerárquico, entidad, empresa u organismo en el que prestan o han prestado servicios, y será entregada en la Intervención de Armas. El arma quedará depositada a disposición de la empresa, entidad u organismo propietario. 2. En los supuestos de ceses temporales, si el titular de la licencia hubiese de ocupar de nuevo un puesto de trabajo de la misma naturaleza, le será devuelta su licencia de uso de armas, cuando presente certificado o informe sobre dicho puesto, expedido de acuerdo con el artículo 122.a)".

En base a lo anteriormente expuesto, pueden hacerse las siguientes consideraciones:

- La licencia C está unida a la condición de personal de seguridad y sólo será anulada cuando se pierda tal condición por alguna de las causas previstas en el artículo 64.1 del R.S.P.
- Cuando los incisos finales de los artículos 61.2 del R.S.P y 125 del R.A. hacen referencia a la expresión "quedará sin efecto" (la licencia), no puede interpretarse, en términos jurídicos, como sinónimo de anulación, puesto que tales incisos han de ser conjuntamente interpretados con los artículos 84 del R.S.P y 126 del R.A., en relación con la suspensión temporal de la licencia C.
- En consecuencia, cuando el personal de seguridad deje de prestar servicios con armas, por haber cesado en su cargo o función, temporal o definitivamente, la licencia de armas quedará sin efecto -no anulada-, es decir, quedará suspendida y depositada en la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos hasta que su titular presente un certificado de la empresa en el que se haga constar que tiene un cometido o puesto de trabajo para el que precisa dicha licencia (artículo 126 del R.A.).

Ahora bien, si el cese en sus funciones deviene de la pérdida de la condición de personal de seguridad por alguna de las causas previstas en el artículo 64.1 del R.S.P, dicha licencia quedará anulada definitivamente.

De acuerdo con las consideraciones anteriores, esta Secretaría General Técnica coincide con el criterio de esa Subdelegación del Gobierno y con el de la Intervención de Armas de la Comandancia de Santa Cruz de Tenerife, en el sentido de que cuando el personal de seguridad privada deje de prestar servicios con armas deberá depositar su licencia en la Intervención de Armas correspondiente, toda vez que dicha licencia ha perdido su eficacia -aunque no su validez jurídica- hasta que se acredite nuevamente la necesidad de la misma para desempeñar un puesto de trabajo con armas.

II. Si las Empresas de Seguridad vienen o no obligadas en virtud de algún precepto legal o reglamentario a presentar a los vigilantes de seguridad que presten servicio en las mismas a la realización de los ejercicios de tiro obligatorios y, en su caso, cuál sería la consecuencia legal del incumplimiento de tal obligación.

Para responder a esta cuestión, conviene distinguir los siguientes aspectos:
a) Obligatoriedad de realizar el ejercicio de tiro: La nueva redacción dada al apartado 1 del artículo 84 del R.S.P por el Real Decreto 1123/2001, de 19 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Seguridad Privada, implica que la realización de ejercicios periódicos de tiro es obligatoria tanto para el personal de seguridad privada que preste servicios con armas, como para los demás que puedan prestar dichos servicios por estar en posesión de las correspondientes licencias de armas, aún cuando las mismas, como se ha dicho anteriormente, se encuentren "suspendidas" y depositadas en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil. Por tanto, los ejercicios de tiro serán obligatorios para todo el personal de seguridad que se encuentre en posesión de la licencia C, debiendo las empresas de seguridad presentarlos a su realización, aún cuando en ese momento no estén desarrollando actividades con armas.
b) Tipo de ejercicio a realizar: En la nueva redacción dada por el Real Decreto 1123/2001, al artículo 84.1 del R.S.P queda por determinar el número de disparos que debe realizar el personal que esté en posesión de la licencia C, al margen de que ésta se encuentre o no depositada en las Intervenciones de Armas correspondientes, cuya regulación corresponde al Ministerio del Interior.

Ello no obstante, sobre esta cuestión debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda del referido Real Decreto, referente a la vigencia de normas preexistentes. En ella se dispone que en tanto tenga lugar la aprobación de las disposiciones precisas para el desarrollo y ejecución
de lo previsto en el citado Real Decreto, continuarán en vigor las normas aplicables a los aspectos que remitan a ulterior desarrollo normativo.
Consecuentemente con lo anterior, la norma aplicable hasta que se desarrollen las características de los ejercicios de tiro regulados en el artículo 84 del R.S.P, será la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada.
c) Responsabilidad de las empresas de seguridad por no convocar al personal de referencia al preceptivo ejercicio de tiro:
La Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, dispone en su artículo 5.2, en relación con el artículo 57 del R.S.P, modificado por el Real Decreto 1123/2001, que es obligación de las empresas de seguridad garantizar la formación y actualización profesional de su personal de seguridad.
Por su parte, el artículo 26.3 del R.S.P establece que las empresas de seguridad, además de las armas que posean para la prestación de los servicios, deberán disponer de armas en número equivalente al 10 por 100 del de los vigilantes de seguridad, al objeto de que éstos puedan realizar los ejercicios de tiro obligatorios; y en su apartado 4 establece que los vigilantes de seguridad, escoltas privados y guardas particulares del campo realizarán los ejercicios de tiro obligatorios en la fecha que se determine por las empresas de seguridad, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección General de la Guardia Civil.
En aplicación de los preceptos señalados, esta Secretaría General Técnica, como ya ha manifestado en anteriores ocasiones, entiende que las empresas de seguridad que tengan contratados vigilantes de seguridad en posesión de licencia de armas tipo C, tendrán obligación de velar por la realización de los ejercicios de tiro obligatorios para este personal, así como de correr con los gastos de material y establecer las fechas de su realización (Resolución de 28 de febrero de 1996).
El incumplimiento de dicha obligación supondría la vulneración de la vigente normativa, dando lugar a la infracción tipificada en el artículo 22.3.b) de la Ley 23/1992, y en el artículo 150.19 del R.S.P., que ha de ser sancionada mediante la tramitación de un procedimiento simplificado regulado en el Capítulo V del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado mediante Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
III. Si entre los gastos que deben soportar las empresas de seguridad en relación con la realización de los ejercicios de tiro obligatorios de su personal, deben entenderse comprendidos, concretamente, los relativos a la munición a emplear en dichos ejercicios.
El apartado 7 de la Resolución de 28 de febrero de 1996, referido a "Solicitud, depósito y dotación de cartuchería", establece que las empresas podrán solicitar en cualquier fecha la autorización para la adquisición de la cartuchería que precisen, para los ejercicios de tiro y dotación de su personal.
Por su parte, el apartado 14 de la misma Resolución, relativo a "Material y gastos", dispone que los medios materiales para la realización de los ejercicios de tiro (siluetas, soportes, parches, etc.) y los campos o galerías de tiro serán gestionados por las empresas y a sus expensas.
En base a lo anterior, cabe concluir que el personal que esté en posesión de la licencia de armas tipo C tiene la obligación de realizar las prácticas de tiro con la periodicidad que se determina, cuyo incumplimiento podría dar lugar a la suspensión temporal de la licencia. Asimismo, las empresas de seguridad tienen la obligación de facilitar todos los medios materiales necesarios para la realización de tales ejercicios, incluida la cartuchería, tal y como deriva de la Resolución de 28 de febrero de 1996.
En este sentido, cabe traer a colación la Sentencia n° 430, procedimiento 204/200, del Juzgado de lo Social n° 2 de Sevilla, que, en lo que a esta cuestión se refiere, dice lo siguiente: "... condenamos a la empresa demandada a que incluya a todos los trabajadores que presten o puedan prestar servicios con armas para que puedan realizar dichos ejercicios, facilitándoles los materiales y servicios sanitarios que correspondan reglamentariamente".

Documento en PDF en http://www.mir.es/file/52/52697/52697.pdf

Todas las contestaciones sobre armas http://www.mir.es/respuestas-de-la-secretaria-general-tecnica-47/seguridad-privada-885/vigilantes-de-seguridad-privada-893

lunes, 5 de diciembre de 2011

ESABE VIGILANCIA S.A.Sancionada por infracción muy grave, por retrasos salariales continuados a los trabajadores

Con fecha de 25 de noviembre de 2011, la Inspección de Trabajo de Bilbao a procedido a Sancionar a la empresa ESABE VIGILANCIA SA (CIF A-79183117), por INFRACCIÓN MUY GRAVE.


"Así mismo y consultados los antecedentes que obran en Inspección, se comprueba que lejos de ser una situación esporádica o coyuntural, se trata de una práctica continua en la empresa que ya fue objeto de actuación inspectora...,que practicó Requerimiento para el cumplimiento de los plazos de abono de las retribuciones e inició expediente sancionador en el año 2010...nuevamente expediente sancionador en el año 2011 al proponerse sanción mediante la preceptiva Acta de Infracción;sin que la situación de los trabajadores haya variado lo más mínimo."
En uso de las facultades previstas en el artículo 7.4 de la Ley 42/1997 de 14 de noviembre se procede a extender Acta de infracción a la empresa ESABE VIGILANCIA SA por infracción muy grave en materia de trabajo tipicficada en el artículo 8.1 del Texto Refundido de la ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto por retraso reiterado en el abono del salario pactado y tramitada a traves de la OS 48/00103332/11.
"Asimismo se aprecia reincidencia en la propuesta de sanción..."
ESABE PAGA MAL Y TARDE.


Tambien pasa en el resto del Estado y en la empresa de limpiezas de Esabe.:

http://www.youtube.com/watch?v=4j7wynoUgj0&feature=player_embedded&noredirect=1

http://www.youtube.com/watch?v=aShqMl0Jlmg&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=iVySEQrsp5M&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=2C6bHYUP3B4&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=JkYxgjrzULc&feature=fvwrel

http://www.youtube.com/watch?v=m0uVQG_zFrc&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=8_YIcf72l2A&feature=related

sábado, 3 de diciembre de 2011

al transporte profesional transfronterizo por carretera de fondos en euros entre los Estados miembros de la zona del euro

Reglamento (UE) n ° 1214/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011 , relativo al transporte profesional transfronterizo por carretera de fondos en euros entre los Estados miembros de la zona del euro

Licencia transfronteriza de transporte de fondos

1. Las empresas que deseen llevar a cabo transporte transfronterizo por carretera de fondos en euros deberán solicitar una licencia específica a la autoridad expedidora de su Estado miembro de origen.

2. La licencia transfronteriza de transporte de fondos será concedida por un período de cinco años por la autoridad expedidora nacional, siempre que la empresa solicitante cumpla las siguientes condiciones:

a) esté autorizada a realizar operaciones de transporte de fondos en su Estado miembro de origen o, si el Estado miembro no cuenta con un procedimiento de aprobación específico para las empresas de transporte de fondos, aparte de las normas generales aplicables a los sectores de la seguridad o el transporte, la empresa esté en condiciones de demostrar que ha desarrollado una actividad habitual de transporte de fondos en su Estado miembro de origen durante al menos 24 meses antes de la solicitud sin haber infringido la legislación nacional de ese Estado miembro que regule dichas actividades;

b) sus directivos y miembros del consejo de administración carezcan de antecedentes penales por delitos relacionados con la actividad del transporte de fondos y sean personas íntegras y de buena reputación, información que se obtendrá, por ejemplo, de los registros penales pertinentes;

c) disponga de un seguro válido de responsabilidad civil que cubra, como mínimo, los daños a la vida y propiedades de terceros, con independencia de que los fondos transportados estén o no cubiertos por dicho seguro;

d) ella misma, su personal de seguridad encargado del transporte de fondos, los vehículos y los procedimientos de seguridad empleados o aplicados al transporte transfronterizo de fondos en euros cumplan las normas establecidas en el presente Reglamento o, cuando esté expresamente mencionado en el presente Reglamento, la legislación nacional en vigor relacionada específicamente con el transporte de fondos.

3. La licencia transfronteriza de transporte de fondos deberá diseñarse de acuerdo con el modelo y las características físicas definidas en el anexo I. El personal de seguridad de los vehículos de transporte de fondos dedicados al transporte transfronterizo profesional por carretera de fondos en euros debe estar en condiciones de mostrar en todo momento a las autoridades de control el original o una copia compulsada de una licencia transfronteriza de transporte de fondos válida.

4. La licencia transfronteriza de transporte de fondos permitirá a la empresa realizar el transporte transfronterizo de fondos en euros de acuerdo con las condiciones previstas en el presente Reglamento. No obstante lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1072/2009, el titular de dicha licencia no estará obligado a poseer una licencia comunitaria para el transporte internacional de mercancías por carretera.

Artículo 5

Personal de seguridad encargado del transporte de fondos

1. El personal de seguridad encargado del transporte de fondos deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) carecer de antecedentes penales por delitos relacionados con la actividad del transporte de fondos y estar compuesto por personas íntegras y de buena reputación, información que se obtendrá, por ejemplo, de los registros penales pertinentes;

b) poseer un certificado médico que acredite que su salud física y mental es adecuada para su misión;

c) haber superado con éxito al menos 200 horas de formación inicial ad hoc, sin incluir una eventual formación en el uso de armas de fuego.

Los requisitos mínimos de la formación inicial ad hoc mencionada en la letra c) serán los reflejados en el anexo VI. El personal de seguridad de los transportistas de fondos participará en actividades de formación complementaria en las áreas establecidas en el punto 3 del anexo VI, al menos una vez cada tres años.

2. Al menos uno de los miembros del personal de seguridad encargado del transporte de fondos que viaje en el vehículo deberá tener conocimientos de nivel A1, como mínimo, de las lenguas empleadas por las autoridades locales y la población en las zonas pertinentes del Estado miembro de tránsito y del Estado miembro de acogida. El vehículo, además, deberá estar en contacto permanente por radio, a través del centro de control de la empresa de transporte de fondos, con una persona que tenga conocimientos de nivel B1, como mínimo, de las lenguas en cuestión, de manera que se garantice una comunicación eficaz con las autoridades nacionales en todo momento.

Artículo 6

Porte de armas

1. El personal de seguridad encargado del transporte de fondos deberá cumplir la legislación del Estado miembro de origen, del Estado miembro de tránsito y del Estado miembro de acogida en lo que respecta al porte de armas y al calibre máximo permitido.

2. Al entrar en el territorio de un Estado miembro cuya legislación no permita que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado, todas las armas que posea el personal de seguridad encargado del transporte de fondos deberán guardarse en una caja fuerte situada en el interior del vehículo que cumpla la norma europea EN 1143-1. Dichas armas deberán mantenerse inaccesibles para el personal de seguridad encargado del transporte de fondos durante el viaje a través del territorio del Estado miembro en cuestión. Podrán retirarse de la caja fuerte al llegar al territorio de un Estado miembro cuya legislación permita que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado y deberán retirarse de la caja fuerte al llegar al territorio de un Estado miembro cuya legislación obligue a este personal ir armado. La apertura de la caja fuerte con las armas deberá requerir la intervención a distancia del centro de control del vehículo y estará supeditada a la verificación, por parte de dicho centro, de la situación geográfica exacta del vehículo.

Los requisitos establecidos en el párrafo primero se aplicarán también en caso de que el tipo o el calibre del arma no estén autorizados con arreglo a la legislación del Estado miembro de tránsito o del Estado miembro de acogida.

3. Cuando un vehículo de transporte de fondos cuyo Estado miembro de origen no permita que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado entre en el territorio de un Estado miembro cuya legislación obligue a este personal a ir armado, la empresa de transporte de fondos se asegurará de que los miembros del personal de seguridad encargado del transporte de fondos ocupantes del vehículo disponen de las armas requeridas y cumplen los requisitos mínimos de formación del Estado miembro de acogida.

4. El personal de seguridad encargado del transporte de fondos que vaya armado o viaje en un vehículo de transporte de fondos con armas a bordo deberá tener una licencia de armas profesional o una autorización expedida por las autoridades nacionales de los Estados miembros de tránsito o del Estado miembro de acogida, si dichos Estados miembros permiten que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado, y deberá cumplir todos los requisitos nacionales para poder obtener dicha licencia profesional de armas o autorización. A este fin, los Estados miembros podrán reconocer la licencia profesional de armas o autorización del otro Estado miembro.

5. Los Estados miembros establecerán un único punto de contacto nacional central al que las empresas de transporte de fondos establecidas en otros Estados miembros podrán presentar las solicitudes de licencia profesional de armas o de autorización para su personal de seguridad encargado del trasporte de fondos. Los Estados miembros federales, no obstante, podrán establecer puntos de contacto a nivel de los Estados federados. Los Estados miembros informarán al solicitante del curso dado a su solicitud en el plazo de tres meses a partir de la presentación del expediente de solicitud completo.

6. A fin de facilitar que el personal de seguridad encargado del trasporte de fondos empleado por una empresa de transporte de fondos establecida en otro Estado miembro cumpla los requisitos nacionales necesarios para la obtención de una licencia profesional de armas o una autorización, los Estados miembros deberán prever la convalidación de las formaciones profesionales para el uso de armas equivalentes seguidas en el Estado miembro en el que esté establecido el empresario del solicitante. Si ello no fuera posible, los Estados miembros velarán por que se imparta en su territorio la formación profesional para el uso de armas necesaria, en una lengua oficial de la UE que sea lengua oficial del Estado miembro en que esté establecido el empresario del solicitante.

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2011:316:0001:0020:ES:PDF


http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2011:316:0001:01:ES:HTML

viernes, 2 de diciembre de 2011

Los jueces declaran nulos dos despidos de la empresa de seguridad Vinsa

Dos sentencias de los juzgados de lo Social números 5 y 7 de Bilbao han condenado a la empresa bilbaína de Seguridad Vinsa (Vigilancia Integrada SA) a la readmisión de dos trabajadores sancionados, tras considerar «nulo» su despido por vulneración de los derechos fundamentales, según informaron fuentes del departamento jurídico de UGT, a cuya central están afiliados.

Según se desprende de la lectura de ambos fallos, fueron las «actuaciones reivindicativas» de los empleados las que llevaron a los jueces a pronunciarse en contra de la empresa los pasados 21 de junio y 30 de septiembre. La firma los había despedido en ambos casos alegando «disminución continuada y voluntaria en su rendimiento en el puesto de trabajo».

La declaración de nulidad de un despido, que obliga la empresa a readmitir al trabajador sin posibilidad de que pueda optar por indemnizarlo, solo se produce por vulneración de derechos fundamentales, y la concurrencia de dos casos en una misma compañía es poco usual, según fuentes jurídicas consultadas.

En un caso el trabajador había denunciado a la empresa por abuso de autoridad y por reclamación de horas extras y, en el otro, también por abuso de autoridad y por no reconocimiento de la categoría laboral que desempeñaba.

Una de las sentencias es muy explícita al señalar que «la actuación del empresario tendente a ejercitar una represalia» contra el trabajador «por el ejercicio de sus derechos deviene en radicalmente nula».


http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20111202/economia/jueces-declaran-nulos-despidos-20111202.html#disqus_thread

Prosegur hace entrega de los Premios Excelencia a Vigilantes

El pasado día 29 de noviembre, la empresa de seguridad Prosegur entregó entre los Vigilantes de Seguridad,los Premios Excelencia 2011 en su primera edición.

En la zona 4 se celebró a las 12 horas en Bilbao, en el Palacio de Congresos Euskalduna.


http://seguridadsemanal.com/prosegur-hace-entrega-de-los-premios-excelencia-a-vigilantes/

La Fundación Prosegur entrega sus becas Talento » Eventos » Vips ...
Son Termens acogió la primera edición de los Premios Excelencia Prosegur con los que se reconocen los méritos de todos sus empleados.

martes, 29 de noviembre de 2011

Extinción de contrato de obra: La actora ha realizado otras funciones habituales y permanentes de la empleadora principal, diferentes a la establecida en su contrato temporal, por lo que fue objeto de un tráfico ilícito de mano de obra. |Sentencia T.S.J. Galicia 5257/2011, de 29 de noviembre

 RESUMEN:
Extinción de contrato de obra: La actora ha realizado otras funciones habituales y permanentes de la empleadora principal, diferentes a la establecida en su contrato temporal, por lo que fue objeto de un tráfico ilícito de mano de obra. Al finalizar la contrata, el contrato temporal devino indefinido por la referida cesión ilegal y el fraude en la contratación, siendo responsables la empresa contratista y la principal.
(ILJ 329/2012)
I22198C3
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:98118 4853/2155/2211
NIG: 36057 44 4 2011 0000905
402250
TIPO Y N.º DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004001 /2011-SGP
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 179/2011 JDO. DE LO SOCIAL n.º 2 de VIGO
Recurrente: María Rosa
Abogado: JAVIER DE COMINGES CACERES
Procurador: JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO
Recurrente: CONSORCIO DE SERVICIOS SA, c/ María Puga Cerdido n.º 4-entreplanta, 15009 A CORUÑA
Abogado: JUAN CARLOS ANEIROS RUBIO
Recurrido: INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA
Abogado: ABOGADO DEL ESTADO
Recurrido: COBRA SERVICIOS AUXILIARES, S.A.
Abogado: LETICIA BEJARANO RUA- fax 91 781 29 81
Recurridos: META 10, S.L. y BAI PROMOCIO DE CONGRESOS, S.A.-notificar por BOCCAA MADRID
Recurrido: OMBUDS SERVICIOS, S.L., c/ Colquide n.º 6, LAS ROZAS (MADRID)
Abogado: ALMUDENA DE LA FUENTE CID
Recurrido: DECORACION Y PALISAJE, S.A., c/ Canillejas n.º 51 VICALVARO (28022 MADRID)
Recurrido: ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L.,
Abogado: Margarita Argumosa Ruiz, c/ Caleruega n.º 66, 4.º, 28033 MADRID
Recurrido: FO.GA.SA.
Recurrido: MINISTERIO FISCAL
ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ
PRESIDENTE
ILMA. SRA. D.ª MARÍA ANTONIA REY EIBE
ILMA. SRA. D.ª ISABEL OLMOS PARÉS
En A CORUÑA, a 29 de Noviembre de 2011.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el RECURSO SUPLICACION 4001/2011, formalizado por el CONSORCIO DE SERVICIOS SA y D.ª María Rosa, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de VIGO en el procedimiento DEMANDA 179/2011, seguidos a instancia de D.ª María Rosa frente al INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA, el FOGASA, COBRA SERVICIOS AUXILIARES, S.A., ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SL, BAI PROMOCION DE CONGRESOS SA, OMBUDS SERVICIOS SL, el CONSORCIO DE SERVICIOS SA, META 10 SL, DECORACION Y PAISAJE SA, con la participación del MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. D.ª ISABEL OLMOS PARÉS.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
 
Primero.—D.ª María Rosa presentó demanda contra al INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA, el FOGASA, COBRA SERVICIOS AUXILIARES, S.A., ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SL, BAI PROMOCION DE CONGRESOS SA, OMBUDS SERVICIOS SL, el CONSORCIO DE SERVICIOS SA, META 10 SL, DECORACION Y PAISAJE SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha cuatro de Mayo de 2011.

Reglamento (UE) n ° 1214/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011 , relativo al transporte profesional transfronterizo.

Reglamento (UE) n ° 1214/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011 , relativo al transporte profesional transfronterizo por carretera de fondos en euros entre los Estados miembros de la zona del euro

Licencia transfronteriza de transporte de fondos

1. Las empresas que deseen llevar a cabo transporte transfronterizo por carretera de fondos en euros deberán solicitar una licencia específica a la autoridad expedidora de su Estado miembro de origen.

2. La licencia transfronteriza de transporte de fondos será concedida por un período de cinco años por la autoridad expedidora nacional, siempre que la empresa solicitante cumpla las siguientes condiciones:

a) esté autorizada a realizar operaciones de transporte de fondos en su Estado miembro de origen o, si el Estado miembro no cuenta con un procedimiento de aprobación específico para las empresas de transporte de fondos, aparte de las normas generales aplicables a los sectores de la seguridad o el transporte, la empresa esté en condiciones de demostrar que ha desarrollado una actividad habitual de transporte de fondos en su Estado miembro de origen durante al menos 24 meses antes de la solicitud sin haber infringido la legislación nacional de ese Estado miembro que regule dichas actividades;

b) sus directivos y miembros del consejo de administración carezcan de antecedentes penales por delitos relacionados con la actividad del transporte de fondos y sean personas íntegras y de buena reputación, información que se obtendrá, por ejemplo, de los registros penales pertinentes;

c) disponga de un seguro válido de responsabilidad civil que cubra, como mínimo, los daños a la vida y propiedades de terceros, con independencia de que los fondos transportados estén o no cubiertos por dicho seguro;

d) ella misma, su personal de seguridad encargado del transporte de fondos, los vehículos y los procedimientos de seguridad empleados o aplicados al transporte transfronterizo de fondos en euros cumplan las normas establecidas en el presente Reglamento o, cuando esté expresamente mencionado en el presente Reglamento, la legislación nacional en vigor relacionada específicamente con el transporte de fondos.

3. La licencia transfronteriza de transporte de fondos deberá diseñarse de acuerdo con el modelo y las características físicas definidas en el anexo I. El personal de seguridad de los vehículos de transporte de fondos dedicados al transporte transfronterizo profesional por carretera de fondos en euros debe estar en condiciones de mostrar en todo momento a las autoridades de control el original o una copia compulsada de una licencia transfronteriza de transporte de fondos válida.

4. La licencia transfronteriza de transporte de fondos permitirá a la empresa realizar el transporte transfronterizo de fondos en euros de acuerdo con las condiciones previstas en el presente Reglamento. No obstante lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1072/2009, el titular de dicha licencia no estará obligado a poseer una licencia comunitaria para el transporte internacional de mercancías por carretera.

Artículo 5

Personal de seguridad encargado del transporte de fondos

1. El personal de seguridad encargado del transporte de fondos deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) carecer de antecedentes penales por delitos relacionados con la actividad del transporte de fondos y estar compuesto por personas íntegras y de buena reputación, información que se obtendrá, por ejemplo, de los registros penales pertinentes;

b) poseer un certificado médico que acredite que su salud física y mental es adecuada para su misión;

c) haber superado con éxito al menos 200 horas de formación inicial ad hoc, sin incluir una eventual formación en el uso de armas de fuego.

Los requisitos mínimos de la formación inicial ad hoc mencionada en la letra c) serán los reflejados en el anexo VI. El personal de seguridad de los transportistas de fondos participará en actividades de formación complementaria en las áreas establecidas en el punto 3 del anexo VI, al menos una vez cada tres años.

2. Al menos uno de los miembros del personal de seguridad encargado del transporte de fondos que viaje en el vehículo deberá tener conocimientos de nivel A1, como mínimo, de las lenguas empleadas por las autoridades locales y la población en las zonas pertinentes del Estado miembro de tránsito y del Estado miembro de acogida. El vehículo, además, deberá estar en contacto permanente por radio, a través del centro de control de la empresa de transporte de fondos, con una persona que tenga conocimientos de nivel B1, como mínimo, de las lenguas en cuestión, de manera que se garantice una comunicación eficaz con las autoridades nacionales en todo momento.

Artículo 6

Porte de armas

1. El personal de seguridad encargado del transporte de fondos deberá cumplir la legislación del Estado miembro de origen, del Estado miembro de tránsito y del Estado miembro de acogida en lo que respecta al porte de armas y al calibre máximo permitido.

2. Al entrar en el territorio de un Estado miembro cuya legislación no permita que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado, todas las armas que posea el personal de seguridad encargado del transporte de fondos deberán guardarse en una caja fuerte situada en el interior del vehículo que cumpla la norma europea EN 1143-1. Dichas armas deberán mantenerse inaccesibles para el personal de seguridad encargado del transporte de fondos durante el viaje a través del territorio del Estado miembro en cuestión. Podrán retirarse de la caja fuerte al llegar al territorio de un Estado miembro cuya legislación permita que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado y deberán retirarse de la caja fuerte al llegar al territorio de un Estado miembro cuya legislación obligue a este personal ir armado. La apertura de la caja fuerte con las armas deberá requerir la intervención a distancia del centro de control del vehículo y estará supeditada a la verificación, por parte de dicho centro, de la situación geográfica exacta del vehículo.

Los requisitos establecidos en el párrafo primero se aplicarán también en caso de que el tipo o el calibre del arma no estén autorizados con arreglo a la legislación del Estado miembro de tránsito o del Estado miembro de acogida.

3. Cuando un vehículo de transporte de fondos cuyo Estado miembro de origen no permita que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado entre en el territorio de un Estado miembro cuya legislación obligue a este personal a ir armado, la empresa de transporte de fondos se asegurará de que los miembros del personal de seguridad encargado del transporte de fondos ocupantes del vehículo disponen de las armas requeridas y cumplen los requisitos mínimos de formación del Estado miembro de acogida.

4. El personal de seguridad encargado del transporte de fondos que vaya armado o viaje en un vehículo de transporte de fondos con armas a bordo deberá tener una licencia de armas profesional o una autorización expedida por las autoridades nacionales de los Estados miembros de tránsito o del Estado miembro de acogida, si dichos Estados miembros permiten que el personal de seguridad encargado del transporte de fondos vaya armado, y deberá cumplir todos los requisitos nacionales para poder obtener dicha licencia profesional de armas o autorización. A este fin, los Estados miembros podrán reconocer la licencia profesional de armas o autorización del otro Estado miembro.

5. Los Estados miembros establecerán un único punto de contacto nacional central al que las empresas de transporte de fondos establecidas en otros Estados miembros podrán presentar las solicitudes de licencia profesional de armas o de autorización para su personal de seguridad encargado del trasporte de fondos. Los Estados miembros federales, no obstante, podrán establecer puntos de contacto a nivel de los Estados federados. Los Estados miembros informarán al solicitante del curso dado a su solicitud en el plazo de tres meses a partir de la presentación del expediente de solicitud completo.

6. A fin de facilitar que el personal de seguridad encargado del trasporte de fondos empleado por una empresa de transporte de fondos establecida en otro Estado miembro cumpla los requisitos nacionales necesarios para la obtención de una licencia profesional de armas o una autorización, los Estados miembros deberán prever la convalidación de las formaciones profesionales para el uso de armas equivalentes seguidas en el Estado miembro en el que esté establecido el empresario del solicitante. Si ello no fuera posible, los Estados miembros velarán por que se imparta en su territorio la formación profesional para el uso de armas necesaria, en una lengua oficial de la UE que sea lengua oficial del Estado miembro en que esté establecido el empresario del solicitante.

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2011:316:0001:0020:ES:PDF


http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2011:316:0001:01:ES:HTML

El PSE propone reducir en más de un millón de euros los gastos en escoltas

El PSE ha registrado varias enmiendas parciales al proyecto de Ley de Presupuestos de Euskadi para 2012 con el fin de reducir o suprimir partidas destinadas a sufragar los gastos de seguridad ligados a la amenaza terrorista de ETA. La enmienda más importante desde el punto de vista económico plantea reducir en más de un millón de euros la financiación de los servicios de escolta.

El proyecto de Ley de Presupuestos de Euskadi para 2012 ya contempla una reducción importante del dinero que anualmente se venía dedicando a la contratación de escoltas privados, y reduce concretamente en un 56% estos fondos en relación con las cuentas aprobadas para el presente ejercicio: la partida de 88,3 millones de euros del presupuesto de 2011 queda en 36 millones de euros en el proyecto para 2012.

El PSE considera que el anuncio de ETA del fin definitivo su actividad terrorista, posterior a la elaboración de las cuentas, da margen para bajar más dicha partida, y defenderá una enmienda que plantea recortarla en algo más de un millón de euros y dejarla por debajo de los 35 millones. "Queremos adaptarnos al nuevo tiempo abierto tras el anuncio de ETA de renunciar a la acción terrorista", ha dicho el portavoz socialista, José Antonio Pastor.

No es la única propuesta en este ámbito. Los socialistas plantean a través de otras enmiendas eliminar la partida de 200.000 euros consignada para ayudar a los partidos políticos y sindicatos a establecer medidas de seguridad en sus sedes, y reducir de 800.000 a 500.000 euros la partida destinada a gastos reservados, ya que consideran que "el cese del terrorismo permite destinar fondos de estas partidas a otras finalidades sociales". El PP conoce estas enmiendas y, en principio, están dispuestos a facilitar su aprobación en el trámite de comisión para su incorporación al proyecto.

El PSE ha registrado también otras enmiendas para llevar a cabo proyectos de infraestructuras en diversos municipios, renovar equipos para el tratamiento contra el cáncer de Osakidetza, aumentar en 200.000 euros los programas de ayuda a las mujeres víctimas de la violencia de género o dotar de nuevos sistemas de seguridad en el tráfico en vías secundarias para reducir la siniestralidad.
http://www.elcorreo.com/vizcaya/20111129/mas-actualidad/politica/propone-reducir-millon-euros-201111291438.html

El PSE propone reducir en más de un millón de euros los gastos en escoltas

CUENTA CON EL APOYO DEL PP


El PSE propone reducir en más de un millón de euros los gastos en escoltas
Los Presupuestos de 2012 ya contemplaban un notable recorte en esta partida


El PSE ha registrado varias enmiendas parciales al proyecto de Ley de Presupuestos de Euskadi para 2012 con el fin de reducir o suprimir partidas destinadas a sufragar los gastos de seguridad ligados a la amenaza terrorista de ETA. La enmienda más importante desde el punto de vista económico plantea reducir en más de un millón de euros la financiación de los servicios de escolta.

El proyecto de Ley de Presupuestos de Euskadi para 2012 ya contempla una reducción importante del dinero que anualmente se venía dedicando a la contratación de escoltas privados, y reduce concretamente en un 56% estos fondos en relación con las cuentas aprobadas para el presente ejercicio: la partida de 88,3 millones de euros del presupuesto de 2011 queda en 36 millones de euros en el proyecto para 2012.

El PSE considera que el anuncio de ETA del fin definitivo su actividad terrorista, posterior a la elaboración de las cuentas, da margen para bajar más dicha partida, y defenderá una enmienda que plantea recortarla en algo más de un millón de euros y dejarla por debajo de los 35 millones. "Queremos adaptarnos al nuevo tiempo abierto tras el anuncio de ETA de renunciar a la acción terrorista", ha dicho el portavoz socialista, José Antonio Pastor.

No es la única propuesta en este ámbito. Los socialistas plantean a través de otras enmiendas eliminar la partida de 200.000 euros consignada para ayudar a los partidos políticos y sindicatos a establecer medidas de seguridad en sus sedes, y reducir de 800.000 a 500.000 euros la partida destinada a gastos reservados, ya que consideran que "el cese del terrorismo permite destinar fondos de estas partidas a otras finalidades sociales". El PP conoce estas enmiendas y, en principio, están dispuestos a facilitar su aprobación en el trámite de comisión para su incorporación al proyecto.

El PSE ha registrado también otras enmiendas para llevar a cabo proyectos de infraestructuras en diversos municipios, renovar equipos para el tratamiento contra el cáncer de Osakidetza, aumentar en 200.000 euros los programas de ayuda a las mujeres víctimas de la violencia de género o dotar de nuevos sistemas de seguridad en el tráfico en vías secundarias para reducir la siniestralidad.

lunes, 28 de noviembre de 2011

Un policía del Congreso se dispara en la cabeza

http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20111128/pvasco-espana/policia-congreso-dispara-cabeza-20111128.html


MADRID
Un policía del Congreso se dispara en la cabeza
28.11.11 - 02:41 -


Un agente de Policía destinado en la Comisaría Especial del Congreso de los Diputados se encontraba anoche en estado crítico a causa de un disparo recibido en la cabeza con su arma reglamentaria. El funcionario, cuya identidad no ha sido facilitada, estaba solo en uno de los edificios de la Cámara Baja destinado a los grupos parlamentarios cuando se escuchó el tiro. Pasadas las tres de la tarde fue evacuado a un hospital donde se debate entre la vida y la muerte. Fuentes de la Jefatura Superior de Policía ha descartado la implicación de otras personas en el suceso.

viernes, 25 de noviembre de 2011

¿Sabes cómo actuar ante una situación de violencia de género?

Un año más, el 25 de noviembre se ha convertido en fecha de referencia en la lucha contra la violencia hacia las mujeres. Y un año más también, las cifras son desgarradoras. En lo que llevamos de 2011, ha habido ya 54 víctimas mortales por esta lacra, dos de ellas en el País Vasco.

Sólo 14 de esas víctimas habían denunciado a sus agresores y una de las mujeres muertas a manos de su pareja incluso había retirado la denuncia.

Para acabar con estos datos demoledores es importante tener información. Saber cómo actuar ante una situación de violencia de género, saber cómo poner una denuncia, dónde puedes dirigirte para recibir ayuda y cómo identificar este tipo de situaciones.

Y es que no sólo los golpes están considerados maltrato. También hablamos de violencia de género ante insultos, amenazas, vejaciones… De modo que si te encuentras en uno de estos casos o conoces a alguien que pudiese estar sufriendo violencia doméstica, ya sea física, psíquica o psicológica, no lo dudes y denúncialo.

Presentar una denuncia

Para presentar una denuncia puedes dirigirte a una comisaría de la Ertzaintza o de la Policía Municipal o a un Juzgado de Guardia. Este trámite lo puede hacer tanto la víctima como la persona conocedora de la situación.

Si la mujer ha sido agredida, es muy importante tener un parte médico que certifique las lesiones. Por eso, antes incluso de acudir a una comisaría es aconsejable que la víctima se dirija al hospital más cercano para que certifiquen las lesiones que pudiera tener y, lo que es más prioritario, reciba una primera asistencia médica.
•Si eres víctima de la violencia de género o crees que alguien puede serlo, en Justizia.net puedes encontrar toda la información necesaria para saber cómo actuar.
•Y si necesitas presentar una denuncia o solicitar una orden de protección, en Justizia.net también te explicamos los pasos que debes seguir.
•Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.
•Si necesitas ayuda llama al 900 840 111.

martes, 22 de noviembre de 2011

Aunque suponga un conflicto social

Círculo de Empresarios pide una "flexibilización radical" del empleo


El Círculo de Empresarios cree que España necesita una "flexibilización radical" del mercado de trabajo y una reducción "brutal" del gasto -- también el que atañe al Estado del Bienestar-- para salir de la crisis. Sin embargo, considera que estas medidas no podrán pactarse con los sindicatos, por lo que ha sugerido al PP que aproveche su holgada mayoría para sacarlas adelante, aunque ello suponga un "serio conflicto" social.

Así lo apunta el vicepresidente de la institución, Fernando Eguidazu, en un estudio titulado 'Economía', que se incluye en el cuaderno 'España 2025' del Colegio Libre de Eméritos.

Eguidazu no esconde que el Gobierno del PP se encontrará en una difícil tesitura: La necesidad de tomar medidas "políticamente delicadas" con la oposición de unos sindicatos que, en su opinión, se han convertido en "los garantes del inmovilismo" y para los que propone establecer "limites razonables a su derecho de representación".

Una de las primeras medidas a aplicar por el PP debería ser, según la organización empresarial, la "flexibilización radical del mercado de trabajo", como medio para generar confianza entre los empresarios y generar empleo.

Entre las pautas que sugiere están la habitual reducción de modalidades de contratación en torno a un contrato único con un coste del despido fijo menor al del actual indefinido, la flexibilización del contrato a tiempo parcial, el impulso del convenio de empresa o unas mayores posibilidades de descuelgue en los convenios, también a nivel salarial.

Si bien, el Círculo de Empresarios se anticipa y reconoce que "es de suponer y temer que una reforma de esta naturaleza solo es posible a costa de un serio conflicto con los sindicatos", a lo que añade que "sacarla adelante requerirá un intenso esfuerzo de persuasión y negociación, pero también, en último extremo si llega el caso, una firme determinación de llevarla adelante". "Ello parece factible si se dispone de una situación paralmentaria mínimamente cómoda", remata.

RECORTAR LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS SINDICATOS.

Así pues, el Círculo de Empresarios propone, en el marco de la negociación colectiva, "atenuar la actual sindicalización de las relaciones laborales, corrigiendo la capacidad de veto de la que disfrutan estas organizaciones".

Asimismo, apunta que se debería poner "límites razonables" al derecho de representación de los sindicatos, así como "replantear la necesidad de secciones sindicales allí donde ya exista comité de empresa y "aligerar el poco razonable volumen de horas sindicales y liberados".

Por otro lado, Eguidazu también alerta de la "peronización" que se ha producido en los últimos años en el ámbito político, en forma de "alianza no sólo ideológica, sino estratégica entre determinados sindicatos y determinados partidos". "Hacer frente a ese problema no parece posible sin asumir un alto grado de tensión social y político", advierte.

RECORTE DEL ESTADO DEL BIENESTAR.

Del mismo modo, Eguidazu asegura que esa oposición sindical también es esperable cuando lleguen los 'tijeretazos', más aún, cuando, en su opinión, estos deben afectar también a las áreas de gasto de "más dolorosa factura", como las que afectan al Estado del Bienestar, ya que no solo deben apuntar a una reducción del déficit, sino a la consecución de superávit primarios del 1,5% del PIB que garanticen un nuevo despegue de la economía.

En su opinión, los mayores esfuerzos deberían concentrarse en las comunidades autónomas, para las que habrá que establecer un techo de gasto que las "discipline", incluso "con rango constitucional", y a las que habrá que someter a una nueva reforma del sistema de financiación, especialmente en lo que se refiere a las transferencias del Estado.

LA BANCA NECESITA FONDOS PÚBLICOS PARA SANEARSE.

Por otro lado, Eguidazu también urge a culminar "cuanto antes" la reforma del sistema financiero. Al respecto, llama a completar el saneamiento de los balances, ajustando el valor contable de los activos inmobiliarios a su valor de mercado, algo que, según asegura, "requerirá inevitablemente alguna forma de inyección de fondos públicos".

Se requerirá además una recapitalización de entidades, posiblemente una "liquidación" de las cajas inviables, un ajuste de la capacidad instalada de la banca y nuevos procesos de fusión.

Finalmente, el vicepresidente del Círculo de Empresarios también sostiene que la situación del sistema sanitario es "insostenible" y que precisa de una mayor apertura al sector privado y a la competencia

http://www.europapress.es/economia/noticia-circulo-empresarios-pide-flexibilizacion-radical-empleo-20111122143703.html

martes, 15 de noviembre de 2011

PROSINTEL.: NO rotundo al descuelgue del Convenio.



  • Las secciones sindicales de PROSINTEL Grupo Norte Seguridad, por unanimidad, acuerdan el compromiso de no autorizar la propuesta de la empresa de descuelgue del convenio colectivo.

viernes, 11 de noviembre de 2011

Ares agradece a los escoltas privados su esfuerzo en la defensa de la democracia

Lakua dice que los datos no indican que un sector de ETA opte por continuar


El consejero de Interior del Gobierno vasco, Rodolfo Ares, ha asegurado este viernes, en un encuentro con representantes de empresas de seguridad privada, que no existen datos policiales "que induzcan a pensar" que algún pequeño grupo de miembros de ETA pueda "desmarcarse" del cese definitivo del terrorismo anunciado por la banda.

Ares, que se ha reunido en Vitoria con una treintena de empresarios y representantes sindicales de empresas de seguridad privada, ha agradecido a los escoltas su aportación en la lucha contra ETA, según ha informado en un comunicado el Departamento de Interior.

El consejero, que ha mantenido esta reunión el mismo día en que ETA anuncia en una entrevista publicada en Gara que el desarme está en su agenda, ha descartado una "marcha atrás" en la decisión de la banda de poner fin al terrorismo.

Asimismo, ha subrayado que "tampoco existen datos policiales que induzcan a pensar en que algún pequeño grupo de terroristas se desmarque" de la misma. A pesar de todo, ha asegurado que el Gobierno vasco permanecerá "vigilante y manteniendo la guardia alta". Ares ha destacado el enorme esfuerzo que los profesionales de este sector han realizado "en circunstancias muy difíciles" en defensa de la democracia. Según ha señalado, la labor de los escoltas "ha permitido salvar muchas vidas" y las empresas de seguridad privada realizaron "un gran trabajo" cuando tuvieron que montar un elevado número de operativos de protección hasta entonces inexistentes "en circunstancias de máxima urgencia", en la segunda mitad de la década de 1990.

El responsable de Interior ha mostrado su comprensión hacia la "preocupación e incertidumbre" con la que vive el sector ante la situación generada con la progresiva reducción de los dispositivos de escolta que los Gobiernos central y vasco mantenían en torno a las personas amenazadas por ETA.

Según ha afirmado, el Ejecutivo autonómico "mantendrá el contacto" con las empresas de seguridad privada para "intentar afrontar la nueva situación de la forma más ordenada", siempre "dentro de los márgenes que permite la legalidad y desde el rigor exigible en la gestión de los recursos públicos".

En este contexto, ha explicado que durante los próximos meses de diciembre y enero los responsables de la Ertzaintza encargados de organizar la protección a las personas seguirán analizando los diferentes operativos para decidir los ajustes que hay que realizar en el servicio.

A la hora de decidir estos ajustes, tal y como ha manifestado, se analizará la nueva situación generada por el fin de las actividades terroristas de ETA, pero también se tendrán en cuenta otros factores que varían en el caso de cada protegido, tales como su lugar de residencia, sus circunstancias familiares o su estado de ánimo.

Los escoltas, al servicio de las maltratadas

Asimismo, ha apuntado que el Departamento de Interior seguirá apostando por la protección mediante escoltas privados a las mujeres víctimas de violencia machista que, según el análisis realizado por la Ertzaintza, se hallen en una situación de riesgo especial y acepten acogerse a esta medida.

Ares se ha comprometido a trasladar al Gobierno de España la posibilidad de sumarse, tras las elecciones generales del día 20, a esta "experiencia positiva" que se está desarrollando en Euskadi. El consejero ha asegurado que esta es la comunidad autónoma "más avanzada" en esta fórmula de protección a las víctimas de violencia contra la mujer.

Por ese motivo, ha confiado en que los servicios de escolta que prestan las empresas de seguridad privada a este colectivo se puedan ampliar progresivamente al resto de España.

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/11/11/paisvasco/1321033031.html

martes, 8 de noviembre de 2011

UGT en SABICO SEGURIDAD INFORMA:


Que tras haber recibido unas durísimas criticas y haber sido acusados de aceptar y firmar el Expedienté de Regulación de Empleo por Extinción que presento el día 19/09/11 la empresa, queremos aclarar los siguientes puntos:

1º ) En primer lugar que el E.R.E. ha sido presentado SIN ACUERDO a la Autoridad Laboral, como consta en el documento de la Resolución tomada por parte del Ministerio de Trabajo en Madrid el día 28/10/11, en su punto SEGUNDO y que dice así :
El presente expediente se presenta SIN ACUERDO por lo que habrá que aplicarse lo establecido en el Art. 51.6 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y entrar a conocer del fondo del asunto para analizar las causas productivas alegadas por la empresa en orden a justificar las extinciones del contrato solicitadas.


2º ) Se llega al Acta Final del periodo de Consultas SIN ACUERDO, si es cierto que los 5 miembros del Comité de Empresa de Bizkaia que representan a U.G.T., hemos firmado un acuerdo con la empresa de que si la Autoridad Laboral competente del Ministerio de Trabajo en Madrid aprobase el ERE de Sabico, conseguiríamos que la Empresa respetaría las mejoras ya conseguidas dentro de la negociación en el Periodo de Consultas, presentadas por la parte social.

MEJORAS CONSEGUIDAS :

1ª ) La posibilidad de que los escoltas que quisieran pasarse a la categoría profesional de vigilantes fuese de forma incentivada con el 50% de lo que cobrasen por realizar las labores de protección por 20 días por año trabajado , en concepto de indemnización-compensación por perdida de categoría y conservándole la antigüedad real en la empresa y asegurándole un puesto de vigilante, con contrato indefinido.
2ª ) En el caso de que algún escolta hubiese querido aceptar el traslado de provincia para trabajar de vigilante, se le abonaría una semana de permiso retribuido y el 100% de los gastos ocasionados que marca el convenio colectivo.
3ª ) Regularización de las condiciones laborales y económicas adeudadas por parte de la empresa y que hasta la fecha estaban perdidas judicialmente y recurridas en el TSJ también por la empresa, de una parte importante de la plantilla de escoltas de Sabico.
4ª ) Reducción de 2 puestos mas de compañeros despedidos por el ERE, en base a un acuerdo en el calendario vacacional de los escoltas.
5ª ) En caso de ser despedido se incrementa la indemnización legal estipulada, a 21 días por año trabajado.
6ª ) La creación de una bolsa de trabajo preferente, en el caso de que se den vacantes por cualquier motivo.
7ª ) También se ha reconocido a todos los escoltas de la plantilla, la antigüedad que cada trabajador afectado y no afectado por el E.R.E. pudieran demostrar legalmente.

En definitiva hemos conseguido con estas medidas la reducción de los despedidos. De los 15 escoltas que inicialmente se veían afectados en Bizkaia por el E.R.E. presentado por la empresa, se ha pasado ya de momento a 8 escoltas afectados en Bizkaia y de los 7 afectados en Álava se ha pasado a 6 que nosotros sepamos e incluso pudiéndose aun reducir mas los despidos a expensas de las resoluciones judiciales o ampliación de nuevos servicios por lo que se podría llegar a la cifra de 3 o 4 afectados solamente.

Y de lo contrario el Ministerio de Trabajo hubiera aceptado igualmente el E.R.E. presentado por la empresa sin ningún problema y la decisión de la Autoridad Laboral hubiese sido única y exclusivamente la que esta estipulada por la ley y que es de 20 días por año trabajado y el despido de la totalidad de los 22 compañeros de ( Álava y Bizkaia ) propuestos por la empresa en su expediente y sin la posibilidad de poder nadie incorporarse ni a la bolsa de trabajo de Sabico ni a ningún otro de los acuerdos anteriormente citados.

Y por todos estos motivos y tras realizar una votación con todos los presentes en dicha reunión tuvimos que valorar y tomar la decisión por la mayoría que tenemos los cinco miembros representantes de U.G.T. de hacer algo para intentar conseguir un acuerdo con la empresa que dentro de lo malo fuese lo menos malo posible, y que a su vez fuese lo mas beneficioso posible para todos los compañeros de Sabico y sin perjudicar absolutamente a nadie, pudiendo así superar lo que esta estipulado por la ley, por poco que pudiese ser superado. Y a día de hoy seguimos pensando que hemos actuado dentro de nuestras posibilidades lo más correcta, honesta y favorablemente posible para todos los compañeros.
A si que si algún compañero/a se siente ofendido/a por nuestra decisión y actuación les pedimos disculpas de ante mano pero seguimos pensando que estamos para representar, negociar y velar por el beneficio de todos nuestros compañeros de Sabico lo mejor posible y no solamente por unos pocos.

domingo, 6 de noviembre de 2011

Tres falsos vigilantes roban 550.000 euros en Los Rodeos

Tres falsos agentes de seguridad privada robaron ayer 550.000 euros de un supermercado de la zona de Los Rodeos, en La Laguna. La Brigada Provincial de Policía Judicial del CNP de Santa Cruz de Tenerife junto con los integrantes de la Comisaría de La Laguna y la Unidad de Delitos Violentos (UDEV) trabajan a destajo para tratar de detener a los tres hombres que sobre las 14:00 horas de ayer se apoderaron del botín en el supermercado La Hucha.
Los individuos vestían la indumentaria de la empresa Seguridad Integral Canaria e iban a bordo de un turismo Citroën C3 al que habían colocado pegatinas en las puertas de esa misma empresa. Dos de ellos abordaron a uno de los encargados de llevar la recaudación y le sustrajeron el dinero tras propinarle un codazo, aseguraron fuentes policiales.
Una vez conseguido el botín, los autores huyeron en dirección a La Laguna, donde se les perdió la pista. La víctima pasó aviso rápidamente a los propietarios así como al 112 que movilizó a la Policía Nacional, Guardia Civil y la Policía Local de La Laguna.
Placas dobladas
Los autores viajaban en un turismo de cuya matrícula solo se saben los números 1835. Los investigadores creen que podría llevar las placas dobladas, esto es, que corresponden a un turismo de esa misma marca y modelo que no figura como sustraído.
Los testigos relataron a los policías actuantes que los tres sujetos iban perfectamente vestidos como vigilantes y con armas reglamentarias, que podrían ser simuladas. Esta misma persona describió a los asaltantes como tres varones con acento canario y uno de ellos medía un metro setenta y cinco de estatura, mientras que los otros son de un metro sesenta y cinco centímetros.
Otras fuentes aseguraron que los miembros del furgón de Seguridad Integral Canaria que debía recoger los fondos se encontró con los tres atracadores, quienes les apuntaron con sus armas. Para evitar un tiroteo y la posibilidad de que les robaran el dinero que ya custodiaban, el vehículo optó por irse de la zona.
Fuentes policiales agregaron que, "aunque todavía es pronto para aventurar cualquier hipótesis, sí que parece verdad que los asaltantes contaban con información privilegiada. Si no, no se explica cómo es posible que supiesen que ayer iba a acumularse esa cantidad de dinero".
En las próximas horas se visionarán las cámaras de seguridad ubicadas en las proximidades del establecimiento por si de las mismas se pudiese determinar la autoría de los hechos. Además, no se descarta una inspección a fondo por parte de los miembros del Grupo de Seguridad Privada de la Policía Nacional que habrán de determinar si las instalaciones reunían las condiciones para guardar esa importante cantidad de efectivo. Hasta el momento no se han producido detenciones relacionada con estos hechos.
la opinión de tenerife acudió al supermercado La Hucha en Los Rodeos para tratar de conocer la versión de la empresa, pero el personal de tarde manifestó que allí no había ocurrido nada. La cadena pertenece a la misma empresa que gestiona los supermercados Hipertrebol, Jesuman.

http://www.laopinion.es/sucesos/2011/11/06/tres-falsos-vigilantes-roban-550000-euros-rodeos/378425.html

Manifestación en Madrid 02/03/2010-Seguridad Privada


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